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La paradoja del carnet A2 y su validez en la UE y el extranjero

Hace un par de semanas me saqué el carnet A2, que me permite conducir motos de hasta 47 CV. Es el primer paso para llegar al carnet A, que me permitirá conducir cualquier moto, sin limitación alguna de potencia. Mi primer paso en el mundo de las motos ha sido una 125 de marchas, que pude conducir gracias a la convalidación del carnet A1 con tres años de experiencia en el carnet B. Lo que desconocía son las paradojas asociadas al carnet A2 y que os relataré a continuación.

En primer lugar, es un carnet que aún no tiene validez alguna en la Unión Europea. ¿Cómo es esto posible? Los permisos AM y A2 – el primero para ciclomotores – no tienen validez alguna ni son reconocidos en la Unión Europea. España se ha adelantado en la incorporación a nuestra legislación de la Directiva Europea sobre Permisos de Conducir, que entra en vigor el 19 de enero de 2013. Si tenemos cualquier otro tipo de permiso, sí está reconocido en toda la Unión Europea.

¿En qué me afecta esto? Si un día quiero hacerme una ruta por Portugal con mi moto – que tiene más de 125 cc – y me para la Policía, no estaré en posesión de un carnet de conducir válido y podría verme implicado en serios problemas. La explicación legal no ayudará en absoluto. Si estáis en posesión del carnet A2, os recomendamos no salir a hacer rutas a otros estados comunitarios hasta el próximo mes de enero. Sin embargo, sí que podréis salir de la Unión Europea.

Y conducir cualquier tipo de moto. Es otra de las paradojas del carnet A2. El único requisito es estar en posesión del Permiso Internacional para Conducir, parte del Convenio sobre la circulación por carretera de 19 de septiembre de 1949. Es un permiso que se obtiene entregando una fotografía y diez euros en cualquir Jefatura Provincial de la DGT. Con el carnet A2 se convalida automáticamente el carnet A, por lo que puedo conducir motos sin límite de potencia fuera de la UE.

Recapitulemos, ¿qué es lo que puedo hacer con mi carnet A2?

  • Conducir motos limitadas a 47 CV y menos de 96 CV en origen, en territorio nacional
  • Conducir motos sin límite alguno de potencia fuera de la Unión Europea
  • No conducir ningún tipo de moto en la Unión Europea (salvo en países con convalidación del carnet B, o si somos poseedores del A1)

Me resulta realmente paradójico que esto ocurra, y me llama la atención que se me permita conducir una Ducati 1199 Panigale de casi 200 CV si lo hago en Estados Unidos, mientras que en España estaría cometiendo un grave delito contra la Seguridad Vial. De la misma manera, en Europa, conducir un simple scooter de 250 cc sería un delito con el permiso A2. También resulta llamativo que España se haya adelantado en la incorporación de este permiso a su legislación.

La paradoja del carnet A2 y su validez en la UE y el extranjero

En enero de 2013 dejará de existir la incompatibilidad del A2 con la legislación europea, pero podremos seguir conduciendo cualquier tipo de motos fuera de sus fronteras. En España, recordamos, hay que pasar dos años con el carnet A2 antes de poder lograr el carnet A, a través de un curso de conducción y sensibilización que imparten las autoescuelas. Tras superar dicho curso – muy fácil para alguien con experiencia en el A2 – ya podemos conducir cualquier tipo de moto en territorio comunitario.

En Diariomotor: Nuevo carnet A2 para motos de hasta 47 CV (35 kW) | Nuevos requisitos para acceder al carnet A de moto: más difícil y caro

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Sergio Álvarez

Aunque es técnico en comercio internacional de formación, los coches han sido su pasión (incluso obsesión) desde que apenas levantaba un metro del suelo y sus padres le regalaron un Ferrari rojo a pedales. Su afición se ha profesionalizado en Diariomotor, donde está presente desde 2008. Seguir leyendo...

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