En la DGT existe cierta preocupación por dos temas de especial relevancia en tiempos de crisis, que el parque automovilístico siga envejeciendo y por ende muchos coches circulen con tecnología obsoleta y segundo por todos aquellos automóviles que hoy en día están en circulación y no han pasado las correspondientes inspecciones técnicas periódicas, las ITV. Con la informatización de los registros, la DGT tiene fácil acceso al historial ITV de un vehículo y por lo tanto resulta muy sencillo comprobar si un coche ha realizado las inspecciones técnicas o no.
La persecución contra aquellos que circulen sin ITV podría llegar incluso a sancionar a cualquier coche que no haya realizado las inspecciones y no haya tramitado su baja en tráfico, independientemente de que haya circulado o esté acumulando polvo en un garaje. De momento no se llegará a tal extremo, pero se confirma que los radares de tráfico ejercerán una doble función, la de detectar excesos de velocidad y la de identificar vehículos en plena circulación y con las inspecciones técnicas caducadas.
A falta de que la DGT nos proporcione más detalle al respecto, hace un par de semanas ya teníamos confirmación de esta noticia de la mano del Servei Catalán del Tráfico. En ese caso, anunciaban que los radares fijos presentes en las carreteras catalanas tramitarían una doble sanción para aquellos con ITV vencida y la condición indispensable de que se hubiera producido un exceso de velocidad.
Habrá que estar muy atentos a las noticias que nos lleguen próximamente al respecto. La tramitación de multas mediante radares puede ser la punta del iceberg de una legislación mucho más rígida al respecto de las inspecciones técnicas, que podría obligar a realizar la ITV tras un siniestro, en el cambio de titularidad, llevar un control de los kilómetros o incluso la obligatoriedad de inspección anual desde la matriculación del coche.
Fuente: El Economista | El País
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