Seguimos a vueltas con los límites de velocidad. Durante todo el año venimos anticipando una noticia que finalmente se producirá en 2015, tras las festividades navideñas. Las autovías y autopistas españolas por fin van a ver como se eleva el límite de velocidad hasta los 130 km/h, aunque de momento no de manera general, sino limitada a ciertos tramos que cumplan con unas condiciones muy concretas. Por lo que, en definitiva, el límite general de 120 km/h seguirá estando vigente. ¿Y qué condiciones debe cumplir un tramo para que se permita circular a 130 km/h? ¿Dónde podremos circular a velocidades de hasta 130 km/h?
Según la Reforma del Reglamento General de Circulación, presentada en el Pleno del Consejo Superior de Seguridad Vial celebrado ayer mismo, la autoridad competente en la gestión del tráfico podrá autorizar la limitación máxima de velocidad de 130 km/h en ciertos tramos, pero solo mediante paneles de mensaje variable. Es decir, la señalización que nos indicará que el límite se ha elevado a 130 km/h se mostrará en paneles luminosos, por la sencilla razón de que un tramo no elevará su límite hasta 130 km/h si las circunstancias de la vía lo desaconsejan.
La segunda condición para que un tramo pueda recibir el límite de 130 km/h es que cuente con lo que la Dirección General de Tráfico denomina un índice de seguridad contrastado. Es decir, el tramo en cuestión tendrá que cumplir con unos requisitos mínimos de seguridad y, por supuesto, no tratarse de un punto negro o un tramo con alta siniestralidad. Hilando con la tercera condición, ese tramo deberá contar con unas condiciones óptimas de trazado y pavimentación.
Por último, y la razón fundamental por la que el nuevo límite de 130 km/h solo podrá señalizarse mediante paneles luminosos, de mensaje variable, será que este límite puntual solo estará presente con unas condiciones meteorológicas y ambientales óptimas.
En los próximos días os seguiremos hablando de los nuevos límites de velocidad, porque el aumento del límite máximo en ciertos tramos a 130 km/h contrastará con la reducción en vías convencionales a 90 km/h, como nuevo límite general; a 70 km/h en vías estrechas (hasta 6,5 metros de anchura); y a 50 km/h en carreteras sin marcas viales longitudinales.
Fuente: DGT
En Diariomotor: Así queda la tabla de sanciones por exceso de velocidad de la reforma de la Ley de Tráfico de 2014