El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid cuenta desde marzo de 2014 con varias cámaras de vigilancia en los semáforos, que no captan excesos de velocidad, sino a aquellos conductores que se saltan el semáforo en rojo. Esta semana nos enterábamos de que un ciudadano, el cual había recibido una multa por saltarse en rojo el semáforo y ser captado por las cámaras, había conseguido librarse de la sanción pertinente que se establece para estas infracciones, 200 euros de multa y la detracción de 4 puntos. Dado que la infracción no está en cuestión, y está acreditado que se cometió. ¿Cómo se había librado de ella? Por un fallo en el tratamiento de los vídeos y las sanciones del Ayuntamiento.
Según parece, el tratamiento de las imágenes no ha sido el adecuado. Para garantizar su fiabilidad, el vídeo habría sido firmado por un algoritmo de firma digital, con clave asimétrica, que garantizaría que las pruebas no han sido modificadas, manipuladas o alteradas. El defecto estaría precisamente en que no queda acreditado quién realiza la firma (si la realiza la máquina, o se firmó en un momento posterior), ni en qué instante se firmó.
Eso habría sido más que suficiente para ganar el recurso.
En el recurso de esta multa, también se habría encontrado con que el Ayuntamiento no habría podido acreditar que la cámara ha sido sometida a control metrológico. Lo cual no deja de ser indignante si tenemos en cuenta que los presupuestos que se destinan a estos cometidos no son precisamente pequeños (ver documento de prescripciones técnicas del Ayuntamiento). Esta noticia confirmaría eso de que, hecha la ley, hecha la trampa.
Pero también, que resulta sorprendente que con la inversión que se realiza en estos sistemas y en la diligencia de las sanciones, se cometan este tipo de errores. No solo porque esta multa no haya prosperado, sino porque decenas o centenares de multas realizadas por estas cámaras u otras instaladas en el resto del país, podrían ganar su recurso, en tanto existe precedente y jurisprudencia al haber conseguido que los Tribunales dieran la razón a este ciudadano.
Y entretanto, muchos conductores sancionados es probable que jamás recurran, ya sea por reconocer su culpabilidad, o por el mero hecho de sentirse indefensos y apelar al «chantaje» de la reducción por pronto pago.
Fuente: Pyramid Consulting SL
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