A partir de octubre en Reino Unido, será ilegal fumar en un coche si hay menores a bordo. La prohibición no sólo se aplica al conductor, se aplica también a los pasajeros. Es responsabilidad del conductor impedir que se fume en un coche con menores a bordo. De incumplirse este precepto, el infractor puede ser multado en el acto con 50 libras esterlinas. La idea es proteger la salud de los menores que viajen en el coche, que no se conviertan en fumadores pasivos o caigan en la adicción al tabaco.
La medida ha sido aprobada por la Asamblea Nacional de Gales, Inglaterra lo aprobó en febrero y se espera que Escocia adopte pronto una medida similar. El Departamento de Salud de Reino Unido avala esta medida y parte de sus tecnócratas han sido los impulsores de esta medida, alegando que los menores de 18 años aún tienen sus cuerpos en formación, y ser fumadores pasivos puede impedir su correcto desarrollo. Además, el hecho de que alguien fume en el coche, aumentaría las posibilidades de que se convirtiesen en fumadores.
Esta medida no sorprende, y es entendible desde un punto de vista de la salud pública. El importa de la multa es relativamente bajo y no conllevará retirada de puntos en Gran Bretaña. Olvidemos por un momento Reino Unido y volvamos a España. ¿Por qué? Porque apenas unas semanas, se han presentado los resultados de la encuesta anual de la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria, en el marco de la XVI Semana sin Humo. El 80% de los encuestados estaría a favor de implantar medidas iguales en España.
La mayor parte de encuestados son pacientes del Sistema Nacional de Salud, entrevistados por el propio personal sanitario. Aunque puede haber sesgo, se puede interpretar esta encuesta como una valoración de tendencias: no descartemos que en poco tiempo se implemente una norma similar en España. Del porcentaje de fumadores entrevistado, el 45% admite que fuma en el coche, pero el 90% dice que no fuma si hay menores a bordo, porque entienden que es un riesgo para su salud.
Actualmente, el Reglamento General de Circulación español no prohíbe fumar al volante, pero su artículo 18.1 – al que nos hemos aludido en numerosas ocasiones, carta comodín para un sinfín de multas y abusos – explicita lo siguiente:
Capítulo III. Artículo 18.
1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.
Existe casuística de conductores que han sido multados por fumar al volante, pero pronto podría prohibirse expresamente en caso de que hubiera menores a bordo. Tendría que dirimirse el tipo de falta – leve, grave o muy grave – así como su correspondiente retirada de puntos – de existir – y cuantía de la multa. Queremos abrir el debate con vosotros. ¿Sería una medida de salud pública o de recaudación? ¿Debe el estado regular fumar en el coche, en lugar de confiar a los progenitores la decisión?
Fuente: El Pais | ITV | GOV.UK
En Diariomotor: ¿Se puede prohibir fumar en el coche?