Hay infracciones, como la de circular superando el límite de velocidad, superar la tasa de la alcohol, usar el móvil al volante o no mantener la distancia de seguridad, que podríamos calificarlas de muy llamativas y ampliamente perseguidas por el peligro que conllevan para los demás usuarios de la vía y para el propio infractor. No obstante, también existen otro tipo de prácticas más extendidas, pero igual de peligrosas, además de muy molestas, como la de circular por el carril izquierdo o por el carril central sin causa justificada, y que la DGT está empezando a perseguir cada vez más.
Circular por el carril izquierdo o central injustificadamente está sancionado con 200 €
Según se indica en la Sección Segunda «Utilización de los carriles» del Reglamento General de Circulación, en vías interurbanas (fuera de poblado) se debe circular de forma general por el carril derecho de la calzada, salvo en supuestos como facilitar la incorporación de vehículos a la vía o a una distancia razonable de una bifurcación de la vía, de forma que justo en el instante final no tangas que realizar un desplazamiento lateral considerable (por ejemplo, cambiar tres carriles en una sola maniobra) de manera abrupta.
Asimismo, también se indica en el Artículo 32 que en calzadas de tres o más carriles los camiones o furgones con masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, los vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud circularán normalmente por el carril situado más a su derecha, pudiendo utilizar el inmediato siempre y cuando no entorpezcan la marcha de otro vehículo y las condiciones del tráfico lo requiera. Dicho de otra forma, un camión o autobús no puede circular por el tercer carril, ni tan siquiera para adelantar a otro vehículo.
Así pues, todo aquel conductor que incumpla con dichas normal se enfrenta a una sanción de 200 € sin retirada de puntos del carnet de conducir, y aunque hasta el momento no suele ser una de las más comunes, desde la Dirección General de Tráfico están empezando a poner mayor atención a este tipo de conductas, en parte gracias a medios como los helicópteros Pegasus o las distintas cámaras de vigilancia instaladas en nuestra red de carreteras y que les facilitan la tarea. No obstante, identificar estas infracciones suele ser algo más complicado que, por ejemplo, detectar un exceso de velocidad, dado el grado de automatización de lo último.
Aunque puedas frustrarte, ¡no adelantes por la derecha!
Para finalizar, queremos aprovechar líneas para aconsejarte/advertirte que aunque este tipo de situaciones genera frustración e impaciencia, no adelantes a ese conductor que circula incorrectamente por la derecha. Este tipo de maniobra conlleva una sanción mayor, 200 € y la retirada de 4 puntos, además de poder ser incluso más peligrosa, ya que ese vehículo que va por el carril izquierdo puede ocultar a uno más pequeño en el derecho, pudiendo darse un accidente al emprender esa maniobra de adelantamiento. Igualmente, si la situación se da en una vía de tres carriles, con un conductor ocupando el carril central de forma incorrecta y tú circulando por la derecha, lo ideal y reglamentario es que te desplaces hasta el tercer carril para adelantarlo.