Conducir un coche requiere de toda nuestra atención y nosotros debemos dedicársela y eso implica afinar bien la vista, aplicar grandes dosis de precaución y sentido común y agudizar nuestro oído, algo, esto último, que choca con la idea de usar auriculares mientras conducimos, hecho que además de poder ser un peligro para nuestra integridad y la del resto de usuarios de la vía supone una infracción y puedes ser multado y perder puntos de tu carnet de conducir, pero, ¿cómo sanciona la DGT el uso de auriculares mientras conducimos, bien sean los clásicos cascos o sistemas más modernos, como los airpods?
Si usas auriculares mientras conduces puedes perder 3 puntos y enfrentarte a una multa de 200 euros
El Reglamento General de Circulación prohibe el uso de auriculares mientras conducimos y lo considera una infracción grave, castigándolo con una sanción económica de 200 euros, 100 euros por pronto pago y con la pérdida de 3 puntos de nuestro carnet de conducir, que, recordemos, dispone de 8 puntos cuando nos sacamos el carnet o lo recuperamos tras perderlo, 12 puntos cuando han pasado 3 años desde que nos lo sacamos y tras 2 años más, siempre y cuando no hayamos cometido ninguna infracción, alcanzaremos el máximo de 15 puntos.
Se equipara así el uso de auriculares mientras conducimos, por tipo de infracción, sanción económica y pérdida de puntos a uso del móvil, al uso del navegador o a no usar el cinturón de seguridad o el casco al conducir una moto.
En moto también está prohibido usar cascos, ya sea para utilizarlo con el teléfono como manos libres o para escuchar música
Esta sanción también se aplica a aquellos que utilizan los cascos del móvil como si fuera un manos libres y a aquellos que sólo utilizan uno de los dos auriculares, una práctica muy común.
La DGT no sólo persigue a aquellos que usan auriculares en el coche sino que también supone una infracción su uso en moto, con la misma sanción económica y la misma pérdida de puntos.
¿Qué dice el Reglamento General de Circulación sobre usar cascos o auriculares mientras conducimos?
El artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación es el encargado de fijar el hecho de que usar unos cascos, unos auriculares, sea considerado una infracción recogiendo dos excepciones bastante obvias: podrán utilizarse auriculares durante las prácticas y la obtención del carnet de conducir de moto y podrán usarlos también los agentes de la autoridad:
Artículo 18.2
Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).
Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
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