El coche eléctrico se está convirtiendo en una realidad más plausible, y prueba irrefutable de ello son todas las opciones que podemos encontrar en el mercado y no a un precio tan descabellado como se piensa. No obstante, la movilidad eléctrica va aún de la mano de un contexto legislativo que, al menos en España, tiene un ritmo lento que entorpece su total asentamiento. Pero esto no impide que ya existan ventajas importantes para los coches eléctricos y duras sanciones para quien ose atentar contra ellas, tales como recibir una multa de la DGT de hasta 200 euros por, literalmente, fastidiar a los eléctricos al estacionar en una plaza destinada a su carga, incluso si es con un coche electrificado que no esté cargando.
Y es que las ciudades más bulliciosas ya cuentan con una generosa cantidad de puntos de carga públicos dispuestos a abastecer a los vehículos eléctricos en uno de sus entornos más favorables, la urbe. Así, para aquellos que requieran de un chispazo a lo largo del día siempre podrán hacerlo recurriendo a una de estas estaciones urbanas que cuentan con una plaza de aparcamiento específica.
La multa de la DGT por arremeter contra el coche eléctrico y sus plazas de carga
Ahora bien, si por algún casual nos encontramos en la tesitura de estar hartos de intentar encontrar plaza sin éxito alguno y se nos ocurre aparcar en aquellas destinadas a la carga de coches eléctricos ya te adelantamos que es una muy mala idea. Y es que no solo te encargarías de fastidiar a alguien que necesita abastecer a su coche, sino también exponerte a recibir una no agradable multa por parte de la DGT.
Tal y como se recoge en el artículo 159 del Guía Codificada de Infracciones de la DGT, «no respetar la señal de limitación relativa a la clase de vehículo para el cual está reservado el estacionamiento de ese lugar» implica una sanción. Concretamente habrá que afrontar un desembolso de 200 euros si hacemos un uso indebido, en este caso, de una plaza de carga de coches eléctricos.
Sin embargo, muchos pueden considerar que llevar a cabo un mal uso de estas plazas pasa por estacionar en ellas sin un coche eléctrico o híbrido enchufable. Aunque bien es cierto que la multa nos puede llegar en este supuesto, existe otro que convierte a la sanción en casi irónica, pero igualmente lógica.
Y es que la propia DGT nos puede multar por aparcar en una plaza destinada a la carga de coches electrificados aunque lo hagamos con un PHEV o con un 100% eléctrico si no estamos cargándolo. Es decir, el mero hecho de contar con un coche eléctrico no es justificante para estacionar en plazas de carga, puesto que su uso es único y exclusivo para abastecer sus baterías.