La Dirección General de Tráfico sigue aprovechando sus redes sociales para recordarnos lo importante que es proteger a colectivos vulnerables como el de los ciclistas pero, también, conocer no solo los derechos, sino también las responsabilidades de los ciclistas. La DGT nos recuerda una norma del ciclista que sigue causando controversia y dudas y que tiene que ver con el uso de cascos o auriculares. Y la normativa es muy clara al respecto. No está permitido que los ciclistas utilicen sus auriculares y, no solo eso, incumplir esta norma tiene multa.
La DGT recuerda la norma del uso de auriculares de los ciclistas
Según el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, en su apartado 2, está prohibido el uso de cascos, o auriculares, tanto para los ciclistas, como para el resto de conductores de otro tipo de vehículos. Este artículo es el mismo que rige sobre la prohibición del uso de auriculares de los conductores de automóviles, de los motoristas, y de los conductores de otro tipo de vehículos, incluidos los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.
Artículo 18. Otras obligaciones del conductor.
2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.
Como vemos, existen algunas excepciones, como la del uso de intercomunicadores en la prueba práctica que llevan a cabo los motoristas para obtener su licencia. También quedan exentos de esta norma los agentes de la autoridad, por supuesto, en el ejercicio de sus funciones.
Una norma de la DGT polémica, que genera dudas
Como os decíamos, esta norma sigue generando dudas, a pesar de que el reglamento es muy claro al respecto. También genera polémica, sobre todo al respecto de las tecnologías que han surgido en los últimos años. Por ejemplo, son muchos los sistemas de auriculares que al emplear tecnologías de cancelación avanzada de ruido son capaces de mezclar, mediante sus micrófonos, el sonido exterior, con el sonido que escucha el usuario. En los últimos años también se han popularizado auriculares de transmisión ósea, que transmiten el sonido por el cráneo, hasta el oído interno, sin aislarnos del exterior. De ahí que entre los ciclistas esta norma resulte controvertida.
Desde el colectivo de los motoristas también es una norma controvertida, sobre todo por lo referente a los intercomunicadores. En los últimos años se han popularizado los dispositivos de sonido que instalados en el propio casco permiten al motorista atender llamadas, o incluso comunicarse con otros motoristas en salidas en grupo. Es cierto que en los últimos años ha existido un pequeño vacío legal o, mejor dicho, cierta permisividad con este sistema.
En cualquier caso, seamos ciclistas, o motoristas, o conductores de automóviles, hemos de comprender que el uso de auriculares está prohibido.
La multa prevista por la DGT para el uso de auriculares
Recientemente, esta polémica se reavivaba y algunos ciclistas expresaban su incomprensión al respecto. Sucedía después de que el empresario Martín Varsavsky (fundador en los años noventa de Jazztel, Ya.com), mostrara su desconcierto al haber sido sancionado por montar en bicicleta utilizando auriculares.
Y aquí es importante recordar que la multa por utilizar auriculares en bicicleta es de 200 euros.
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