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6 puntos y 200€ de multa aunque no estés utilizando el teléfono móvil en el coche

Los peligros de utilizar el teléfono móvil mientras conducimos son de sobra conocidos por todos los conductores. La Dirección General de Tráfico se ha propuesto luchar contra las distracciones al volante y el teléfono móvil, sin duda, facilita que el conductor pierda la concentración. Por desgracia, la DGT ha de tomar el camino de la sanción y las multas para perseguir actitudes al volante que los conductores ya deberíamos haber desterrado. 2021 suponía un cambio normativo importante al respecto de las multas previstas por la DGT para conductores que utilicen el teléfono móvil. Una infracción cuya sanción se ha endurecido y que ahora nos puede costar 200€ de multa y la retirada de 6 puntos del carné, aunque no estemos utilizando el móvil.

La DGT endurece las sanciones

Desde su regreso a la Dirección General de Tráfico, Pere Navarro hizo pública su intención de endurecer la persecución y las sanciones ante lo que la DGT considera un grave problema para la seguridad vial, el uso del móvil al volante. Desde hace años veníamos anticipando el cambio normativo que se formalizó a finales de 2020, para entrar en vigor en 2021.

El endurecimiento de las multas por el uso del móvil de la DGT se ha confirmado con sanciones más severas, sancionando el mero hecho de sostener un teléfono móvil – y no solo su uso – y también mejorando los medios de vigilancia, incluso incorporando sistemas de cámaras que automáticamente identifican a conductores que estén haciendo uso de su teléfono móvil.

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200€ de multa y retirada de 6 puntos del carné

Con estos cambios normativos, conducir con el teléfono móvil sigue teniendo la consideración de infracción grave. Por lo tanto, y aunque inicialmente se esperaba un endurecimiento de la sanción económica, la multa por el móvil sigue siendo de 200€.

La multa por conducir en el móvil asciende a 200€ y la retirada de 6 puntos del carné

La gran novedad de la reforma que ha entrado en vigor en 2021 la encontramos en el carné por puntos. La sanción relativa al teléfono móvil conlleva la retirada de 6 puntos del carné, el doble de los 3 puntos que se detraían del carné del conductor sancionado hasta la reforma de 2021.

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La DGT tapa los resquicios legales

Hasta ahora, tanto el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, como el artículo 76 y el anexo II – referente a las infracciones que llevan aparejada pérdida de puntos – del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, establecían el uso del teléfono móvil como infracción, y sus correspondientes sanciones, con expresiones como «el uso por el conductor con el vehículo en movimiento» y «conducir utilizando» y «utilizar manualmente dispositivos de telefonía móvil».

Hasta ahora, la ley reconocía como sancionable el uso del teléfono móvil, lo que abre la puerta a interpretaciones y que prosperen posibles recursos

Evidentemente, estas expresiones pueden ser interpretadas por el conductor, por el agente que sea testigo de la infracción, o el sistema automático que registre una prueba visual. Por otro lado, la apreciación sobre el uso del dispositivo también podría abrir la puerta a recursos legales.

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Sujetar el móvil con la mano es sancionable

La nueva norma establece que «conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce suponga la detracción de 6 puntos del carné».

La reforma prevista por la DGT ya no sancionará únicamente el «uso del teléfono móvil» sino también «sujetarlo con la mano mientras se conduce»

Pensemos en la importancia de esta medida. Para que una sanción prospere, ya no será necesario la interpretación del agente, bastará con que este atestigüe que el conductor portaba en su mano un teléfono móvil. Por otro lado, también resultará muy útil para que prosperen las sanciones emitidas por medios automatizados, como las cámaras que detectan a conductores utilizando su teléfono móvil y sin cinturón de seguridad. Ahora bastará con una prueba fotográfica del conductor portando un teléfono móvil para hacer efectiva la sanción.

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La DGT aboga por normas claras

La DGT también ha sido muy clara a este respecto en lo que concierne a los detectores de radar. El texto refundido sobre la Ley de Tráfico también aludía en su anexo II a la detracción de 3 puntos del carné por «conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros». Según la DGT, la práctica habitual entre los usuarios de este tipo de dispositivos pasaba por desconectarlo en el momento en que eran interceptados en un control de Tráfico.

La DGT ya no solo sancionará el «uso de detectores de radares» sino también «llevarlos en el vehículo»

A partir de ahora será tipificado como grave «llevar en el vehículo» mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supone una sanción de 500 euros y la pérdida de 3 puntos.

Y he aquí la lógica aplastante de lo defendido por la DGT para justificar estos cambios normativos. ¿Para qué íbamos a llevar un detector de radares en nuestro coche si no lo utilizamos? ¿Para qué íbamos a coger nuestro teléfono móvil si no estamos utilizándolo?

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La DGT advierte del peligro del uso del móvil

Según la DGT, las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes de tráfico. Lo que realmente podemos extraer de las estadísticas de siniestralidad en España es que las distracciones fueron, según la DGT, un factor concurrente en un 28% de los accidentes con víctimas mortales, que se cobraron 359 fallecidos en 2019 en el ámbito controlado por la DGT.

El uso del móvil es una de las distracciones más habituales al volante y las distracciones fueron un factor recurrente en un 28% de los accidentes con víctimas mortales que se produjeron en 2019

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¿Cómo persigue la DGT el uso del móvil?

La preocupación por las consecuencias que las distracciones tienen para la seguridad vial, y el peligro del uso del móvil, ha llevado a la DGT a incrementar sus efectivos para controlar el uso del teléfono móvil.

La DGT dispone de patrullas en tierra, en vehículos camuflados, y controles aleatorios, que identifican a aquellos conductores que manipulan su teléfono móvil mientras conducen.
– Desde hace tiempo, en la carretera también nos encontramos con medios automatizados, con cámaras de la DGT que controlan el uso del móvil y que mediante sistemas de reconocimiento de imágenes son capaces de identificar la infracción, obtener una prueba fotográfica, y llevar a cabo la sanción. Ver cómo funcionan las cámaras de la DGT que vigilan el uso del móvil.
La DGT también dispone de medios aéreos. A los helicópteros Pegasus, en los últimos años se han unido drones, desde los que también resulta muy sencillo identificar al conductor que hace uso del móvil.
La incorporación más reciente de la DGT han sido furgonetas camufladas. La DGT hace uso de estos vehículos, ya no solo por su capacidad para pasar desapercibidos en la carretera, sino sobre todo porque su mayor altura facilita identificar al conductor que está manipulando su teléfono móvil, también cuando está escribiendo mensajes en aplicaciones como Whatsapp y redes sociales. Más información sobre las furgonetas camufladas de la DGT.

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David Villarreal

En 2007 comenzaba su andadura en los medios en internet y en el mundo del motor. Dos años después David se unía a uno de los proyectos incipientes de la prensa del motor, el de Diariomotor. Seguir leyendo...

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