La sensación general de muchos conductores para con los radares de la Dirección General de Tráfico suele definirse alrededor del fin recaudatorio, que están pensados para obtener pingües beneficios con las multas, y la infabilidad, que están diseñados para sancionar, sin excepción, a todo aquel que exceda los límites de velocidad establecidos.
¿Pero es cierto que los radares y los controles de velocidad multan siempre todos los excesos?
El funcionamiento de los radares y las multas de la DGT
Para considerar que un exceso de velocidad ha sido tal es necesario un cinemómetro, un radar, que identifica la velocidad a la que circula un vehículo, sobre la que se aplican unos márgenes de error establecidos, y se compara con el límite de velocidad en ese tramo y, si procediera, el límite específico para el tipo de vehículo. En el momento en que se determina que hemos excedido la velocidad legal podremos ser sancionados, con una infracción que siempre es grave o muy grave, multas que oscilan entre los 100€ y los 600€ y, sin detracción de puntos, o con la detracción de 2, 4 o 6 puntos del carné, en función del exceso.
Ahora bien, ¿existen radares de la DGT selectivos, que no multan los excesos de velocidad menores, y solo multan los grandes excesos de velocidad?
Las instrucciones de la DGT sobre radares
Si nos detenemos un momento a leer las instrucciones – actualizadas para 2024 – que emite la Dirección General de Tráfico para la ejecución de los servicios de vigilancia por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil (lo cual, sinceramente, recomendamos hacer en este documento), nos percataríamos de que la DGT está tratando de llevar a cabo prácticas en sus técnicas de vigilancia, y por lo tanto también en los controles de velocidad y radares, que la alejen de esa percepción de afán recaudatorio y persecución que sienten algunos conductores.
En la última instrucción MOV 2023/27 para la vigilancia del tráfico en 2024, que no es otra cosa que una actualización y prórroga de la instrucción 20 TV-111 en aplicación desde el 13 de marzo de 2020, la DGT ha definido algunos criterios para el establecimiento de radares y controles de velocidad que probablemente resulten sorprendentes a muchos conductores:
- Las actuaciones de vigilancia se realizarán con carácter general de forma visible, reforzando el carácter preventivo de la misma
- Como norma general, se realizarán controles de velocidad en limitaciones genéricas. El objetivo (sobre todo es muy importante en travesías) es que el conductor tenga suficiente tiempo para adecuar su velocidad a las exigencias de la vía.
- Los controles se programarán, preferentemente, en aquellos tramos donde se hayan evidenciado tasas de accidentalidad y lesividad relevantes
- Respecto a los controles generales. El vehículo o medio destinado al control de la velocidad no deberá estar oculto. Se conmina a los agentes a contactar con el Centro de Gestión de Tráfico para informar de la presencia del radar en los Paneles de Mensaje Variable físicos y/o virtuales
- Respecto a los controles selectivos. Como excepción a la regla general, el umbral de captura de las infracciones se fijará, como mínimo, a partir de la detracción de puntos
Y nos quedaremos con este último punto que resulta especialmente interesante.
Radares selectivos, que no siempre multan
Según la instrucción que proporciona la DGT a la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se aboga por instalar los controles de velocidad con radares colocados en tramos peligrosos, y evitando circunstancias como tramos en los que existe un cambio a un límite de velocidad más reducido e inferior al genérico. También se aboga por hacer controles generales visibles, para disuadir al conductor de exceder los límites, no para «cazarlo», y que cuando estos radares sean selectivos y ocultos, se tenga la posibilidad de sancionar únicamente a los grandes excesos de velocidad.
¿Y qué es lo que dice la DGT al respecto de estos radares en controles de velocidad selectivos?
- Están destinados a evitar grandes excesos de velocidad y posibles delitos contra la seguridad vial
- El vehículo o el radar de trípode o guardarraíl puede ubicarse discretamente, sin señalizarse. Y añado yo que este sería precisamente el caso de los radares que en ocasiones podemos ver instalados en algunas carreteras bien escondidos y que son los que nos suelen transmitir la idea a los conductores de que están pensados para «cazarnos».
- Se cumplirá con mayor rigor la notificación en el acto del exceso detectado. Y, de nuevo, añadimos que esto no siempre podría cumplirse, si no se dan las circunstancias, sobre todo de seguridad, para efectuar la notificación
- Como excepción a la regla general, el umbral de captura de las infracciones se fijará, como mínimo, a partir de la detracción de puntos. Lo que nos indica que en estos controles a menudo, aunque no siempre, se pueden establecer umbrales más altos con los que no se sancionaría los excesos de velocidad más leves
De manera que, en efecto, en ocasiones existen controles de velocidad en los que no se sanciona a todos los conductores que han excedido los límites, sino únicamente a los grandes excesos de velocidad.