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El adelantamiento es la maniobra que nos permite ponernos delante de otro vehículo que circula más lentamente, previo paso por el carril situado a la izquierda de dicho vehículo. Los adelantamientos están a la orden del día, tanto en ciudad, como en carretera, como en vías rápidas. Los adelantamientos siempre deben efectuarse por la izquierda, y está prohibido adelantar por la derecha. Bueno, ¿está realmente prohibido? En este artículo te vamos a contar todas las excepciones en las que está permitido adelantar por la derecha. ¡Sin ser multado!
En ciudad o en atascos
En vías en poblado – siempre que tengan más de un carril por sentido y estén correctamente delimitados – está autorizado adelantar a vehículos por la derecha, si es el carril que nos permite mejor dirigirnos a nuestro destino. Este adelantamiento, como cualquier otro, exige ser señalizado debidamente, y nos debemos cerciorar de que puede hacerse en condiciones de seguridad. Otra circunstancia en la que se permite adelantar por la derecha, es en retenciones de tráfico o en circulación con tráfico muy denso, fuera de poblado.
Circunstancias en la que nuestra velocidad está condicionada por la del vehículo que nos prece. Si en esas circunstancias vamos por un carril más rápido al situado a nuestra izquierda, no estaremos incurriendo en ilegalidad alguna. Y es que no estaríamos hablando de un adelantamiento, si no de un rebasamiento. Estaríamos sobrepasando a otros vehículos sin movernos de nuestro carril. La misma circunstancia puede darse en carriles de aceleración o deceleración de una vía. No lo digo yo, lo dice el Reglamento General de Circulación en su artículo 83.
En vías de doble sentido: tranvías y vehículos que giran a la izquierda
En vías convencionales de doble sentido hay dos excepciones más que nos permiten adelantar por la derecha. La primera se da en vías en las que compartimos calzada con tranvías, tranvías que circulan por su zona central. En ese caso, podemos adelantarlos por la derecha de forma legal. La otra excepción ocurre cuando el vehículo al que seguimos aminora y señaliza claramente – énfasis en el adverbio – su intención de girar a la izquierda o detenerse. Puede suceder, por ejemplo, cuando un vehículo quiere tomar un desvío a la izquierda en una carretera convencional y hay tráfico en el otro carril.
¿Cuál es la multa por un adelantamiento indebido?
La forma correcta de adelantar en carretera es por la izquierda, a no ser que estemos ante alguna de las excepciones recogidas anteriormente. Si practicamos un adelantamiento indebido – por la derecha en una autopista, por ejemplo – nos exponemos a una sanción grave cuyo importe asciende a 200 euros. Lo mismo puede ocurrir si no señalizamos debidamente nuestras maniobras. Esta multa trae asociada la detracción de cuatro puntos del carnet de conducir.
Por tanto, aunque en la ronda de circunvalación por la que circulas todas las mañanas de camino al trabajo haya vehículos que no estén circulando por la derecha – los clásicos abonados al carril central – debemos siempre adelantar por la izquierda. Para los «abonados» la DGT también tiene una multa de 200 euros preparada, así que no caigamos en su juego, y adelantemos como es debido.