La Dirección General de Tráfico introduce, por primera vez en España, el concepto de tasa 0,0 de alcohol y, como veremos a continuación, afecta sobre todo a un usuario de la vía muy concreto: menor de edad y usuario de un patinete eléctrico. Prohibir la conducción de vehículos desde la primera gota de alcohol. Un cambio de paradigma, y una antigua demanda de asociaciones de automovilistas y víctimas de accidentes de tráfico, que contrasta con la escala de tasas de alcoholemia que se venía aplicando hasta ahora.
Tal y como os venimos contando estos días, esta medida estará presente en la reforma de la Ley sobre Tráfico que se aprobará muy pronto y que está pendiente de los últimos trámites legislativos.
La DGT dispondrá de una norma que prohíbe conducir vehículos con una tasa de alcohol en sangre, y en aire espirado, superior a 0. De momento, solo aplicable a menores de edad y con el foco puesto sobre todo en las nuevas soluciones de movilidad.
La DGT camina hacia la tolerancia cero con el alcohol
Como os decimos, esto es solo el principio y más un gesto, y una toma en consideración de las nuevas soluciones de movilidad, que una medida de calado para la seguridad vial. La prohibición de circular con una tasa de alcohol en sangre y en aire espirado superior a 0, tal y como quedará redactada en el artículo 14 de la Ley sobre Tráfico y Seguridad Vial (ver texto a continuación), solo será aplicable a menores de edad, que actualmente no pueden conducir automóviles.
1. No puede circular por las vías objeto de esta ley el conductor de cualquier vehículo con tasas de alcohol superiores a las que reglamentariamente se determine. En ningún caso el conductor menor de edad podrá circular por las vías con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro
De manera que esta medida será aplicable, en función de como se establezcan las correspondientes sanciones, a menores que utilicen ciclomotores, cuadriciclos ligeros y otras soluciones de movilidad, como bicicletas y patinetes eléctricos. Ya sabíamos que los usuarios de patinetes eléctricos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia en los controles de los agentes de Tráfico. Pero esta medida prevé sanciones desde cualquier tasa superior a 0 para menores de edad y es una prueba más de que se intensificará la vigilancia sobre estos vehículos.
El valor de apostar por la tasa 0 de la DGT
A tenor de que el alcance de esta medida es limitado, deja fuera a los automóviles, y afecta únicamente a menores de edad y sobre todo al uso de vehículos de movilidad personal, es evidente que, como decíamos anteriormente, no es una medida de calado. Lo cual no impide que sí sea una medida valiosa.
Primero, porque atañe sobre todo al auge de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal que devienen en problemas para la seguridad vial que hasta ahora no existían. Segundo, porque involucra a los menores de edad, que en el futuro serán en muchos casos conductores de automóviles, de la problemática del alcohol para la seguridad vial, aunque solo sea concienciando mediante la vía de las sanciones o del riesgo de ser sancionado. Tercero, porque abre una puerta a medidas más ambiciosas, que puedan introducir la tolerancia cero con el alcohol para el grueso de los conductores.