En nuestro coche es obligatorio llevar una serie de elementos administrativos, es decir, documentos. Uno de ellos es la pegatina de la ITV – si nuestro coche ya ha tenido que superar alguna inspección técnica – además del permiso de circulación, la ficha técnica y nuestro carnet de conducir. No obstante, existen dudas razonables con el resguardo del seguro, el recibo de haberlo pagado y disponer del mismo. ¿Es obligatorio llevar el resguardo del seguro en el coche? Aunque la respuesta es en estos momentos negativa, existen supuestos en los que debemos acreditar que nuestro seguro está en vigor. En este artículo despejamos todas tus dudas al respecto.
¿Es obligatorio llevar el resguardo del seguro en el coche?
Hasta hace unos años era obligatorio tener en nuestro coche pruebas de que nuestro seguro de responsabilidad civil estaba en orden. Esto se podía hacer con una copia de la póliza, o más habitualmente, con el comprobante bancario del cargo en cuenta de dicha póliza. Como bien sabéis, es obligatorio que todo coche o motocicleta disponga de un seguro para poder circular en carretera abierta, y hasta hace años, la forma que tenían las autoridades de comprobar que todo estaba en orden era pidiéndonos un comprobante. Pero hace apenas unos años, esta obligatoriedad de llevar el resguardo del seguro desapareció.
Aunque la contratación del seguro sigue siendo obligatoria, desde 2008 existe el llamado Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA). Esta base de datos informatizada, gestionada por el Consorcio de Compensación de Seguros, permite a un agente de tráfico consultar rápidamente si un vehículo está asegurado, con solo introducir su matrícula en el fichero. En este mismo archivo informatizado también se puede comprobar que estemos al corriente del pago del IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, la «viñeta» de toda la vida), por tanto tampoco es necesario llevar dicho comprobante de pago en nuestro vehículo.
Si hubiera algún problema informático y el agente no pudiera comprobar que tenemos el seguro en vigor, nos podría dejar continuar, o podría retenernos hasta poder comprobar que nuestro seguro está en vigor. Por ello, desde Diariomotor sí recomendamos a todos los conductores llevar un resguardo del seguro en el coche: disponiendo del resguardo les facilitaríamos la tarea a los agentes en situaciones excepcionales, como la de un fallo informático al acceder al FIVA. De hecho, con mostrarles el recibo electrónico del cargo en la cuenta – casi todos los bancos nos mandan un PDF en las domiciliaciones – sería más que suficiente.
¿Me pedirán el comprobante del seguro en la ITV?
Aunque no es obligatorio que dispongamos del comprobante del seguro, al ir a la ITV se comprobará que nuestro coche tenga en vigor el seguro. Este es un requisito indispensable para que el coche pueda superar la inspección. Aunque las estaciones de ITV tienen acceso al fichero de FIVA, ante cualquier problema informático de acceso a este, nos pedirán que justifiquemos que el coche está asegurado. Si no podemos emitir un resguardo – que sería válido en formato digital – nos harán firmar una declaración en la que reconocemos que el coche está asegurado, estando legalmente obligados a enviar posteriormente a la ITV un resguardo o comprobante.
Un trámite que puede ser engorroso y que por la propia complejidad burocrática, podría acarrearnos dolores futuros de cabeza.