Las ayudas a la compra de coche nuevo del Plan Renove 2020 ya son oficiales, desde que el 6 de julio fuera presentado el Real Decreto-ley de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo que establece condiciones y ayudas. No obstante, y como ya os venimos contando estos días, podrán beneficiarse de las ayudas todos aquellos que adquirieran un coche, y cumplan con las condiciones estipuladas, desde el pasado 15 de junio. Ahora bien, ¿cómo solicito las ayudas del Plan Renove 2020?
Plan Renove 2020: solicitar ayudas a la compra de coche nuevo
La solicitud de las ayudas, como en otros planes presentados años atrás, como el Plan PIVE, se tramitará desde una aplicación informática. La gestión de las ayudas del Plan Renove 2020 corre a cargo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a diferencia de las ayudas del Plan MOVES, que son gestionadas por las propias Comunidades Autónomas, que también deciden cómo distribuir la dotación presupuestaria.
La aplicación informática para solicitar las ayudas estará en el portal del Plan Renove 2020, que aún no ha sido habilitado, pero se espera que esté activo y en funcionamiento en los próximos días. En cualquier caso, insistimos en que para beneficiarse de las ayudas no es necesario que las solicitemos de inmediato, en el momento en que formalicemos la compra.
Cualquier compra de un coche nuevo que cumpla las condiciones estipuladas y que se lleve a cabo estos días podrá ser susceptible de beneficiarse de las ayudas. Igualmente, cualquier compra que se haya formalizado en las últimas semanas, con matriculación del vehículo desde el 15 de junio, será candidata a recibir las ayudas.
¿Cómo solicito las ayudas del Plan Renove 2020?
El encargado de solicitar las ayudas será el beneficiario. Es decir, como compradores de un coche nuevo tendremos que solicitar las ayudas desde la correspondiente aplicación informática del portal del Plan Renove 2020. Para ello, necesitaremos firma electrónica, para acreditarnos en el procedimiento de las ayudas. También necesitaremos toda la documentación que acredite que somos candidatos a adquirir las ayudas.
Pero en la práctica la solicitud de las ayudas debería ser mucho más sencilla para el comprador. De hecho, la ley aprobada ha previsto que existan entidades colaboradoras, por ejemplo entidades bancarias, que agilicen la solicitud de las ayudas y faciliten los trámites al comprador. En los próximos días probablemente conozcamos más detalles al respecto.
Por otro lado, y como ya sucediera con el antiguo Plan PIVE, también está previsto que el Plan Renove 2020 pueda ser gestionado por el propio concesionario, que el comprador delegue en el concesionario la gestión de los trámites, aunque el beneficiario de la ayuda siempre será en última instancia el comprador.
¿Qué documentación necesito para solicitar las ayudas del Plan Renove?
Lo que sí es muy importante, especialmente para aquellas ventas que se han formalizado desde el 15 de junio hasta la apertura de la aplicación informática para solicitar las ayudas, es que dispongamos de toda la documentación necesaria para solicitar las ayudas del Plan Renove 2020 en la compra de un coche:
* Factura de venta del coche nuevo, en la que debe reflejarse que se ha aplicado un descuento equivalente a la ayuda, con un límite máximo de 1.000 euros. La factura debe estar emitida por el concesionario, el fabricante o importador, al destinatario de las ayudas, al comprador. En el descuento aplicado debe figurar, como concepto del descuento, la expresión «descuento aplicado por Programa RENOVE». También debe constar, obviamente, la matrícula o el número de bastidor, marca, modelo y versión, el precio franco fábrica, base imponible, IVA, e impuesto de matriculación.
* Certificado acreditativo de la baja definitiva del vehículo que vamos a entregar para su achatarramiento. Su antigüedad deberá ser mayor a diez años – para ello se tiene en consideración la fecha de su primera matriculación.
* El comprador y beneficiario de la ayuda debe acreditar la propiedad del coche que se envía a achatarrar. Debe ostentar la titularidad del vehículo al menos durante los doce meses anteriores a la solicitud de las ayudas.
* El último recibo del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica abonado, al menos desde 2019.
* El coche enviado a achatarrar debe tener la ITV en vigor, con la excepción de aquellos coches cuya ITV venciera durante el estado de alarma, a partir del 14 de marzo. Se ha de presentar una copia del anverso y el reverso de la ficha técnica (tarjeta ITV).
* Por otro lado, la solicitud de la ayuda autoriza al órgano concedente (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo), a comprobar que el comprador cumple con sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. De no estar al corriente con las obligaciones tributarias podría denegarse la ayuda.
Para el comprador de un coche que acredite movilidad reducida:
* Certificado del IMSERSO o de las comunidades autónomas que acredite su movilidad reducida
Para compradores con rentas bajas:
* Una declaración responsable firmada en la que el solicitante declara que su hogar tiene unos ingresos mensuales inferiores a 1.500€. Recordemos que la solicitud de las ayudas ya habilita a contrastar nuestra información fiscal, y con la Seguridad Social. De manera que la administración puede contrastar que los ingresos familiares son inferiores a 1.500€ y decidir si concede o deniega la ayuda.
Para los autónomos:
* Certificado de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
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