Las restricciones a la circulación de vehículos privados comienzan poco a poco a extenderse por nuestro país, a medida que avanza – lentamente – la implantación de zonas de bajas emisiones. Esta implantación es bastante más lenta de lo inicialmente previsto, ya que debían estar operativas antes de 2023 en los 149 municipios españoles de mas de 50.000 habitantes. Hoy en día apenas llegamos al 20% de ratio de implantación, pero conviene tener muy presentes ciertas fechas una vez comiencen las restricciones… especialmente si conducimos un coche con etiqueta B.
Los coches con etiqueta B son los coches diésel homologados bajo la normativa Euro 4, y los gasolina homologados bajo la norma Euro 3. De forma aproximada – pero no siempre – corresponde con coches diésel matriculados desde el año 2006, y gasolina matriculados desde el año 2000. Los coches con etiqueta B son los que más abundan en nuestras carreteras, y aunque algunos pueden superar los 20 años, son por lo general coches modernos, cómodos, seguros, y en muchos casos ya dotados con buenas ayudas a la conducción – como control de estabilidad y múltiples airbags.
Sin ir más lejos, algunos coches diésel con etiqueta B han sido matriculados en 2014, y tienen mucha vida por delante. Desgraciadamente, los coches con etiqueta B son los que antes sufrirán el segundo envite de las restricciones a la circulación que al amparo del Real Decreto 1052/2022 del 27 de diciembre, regula las Zonas de Bajas Emisiones. En su Artículo 10, cuarto epígrafe, se explicitan los plazos de revisión de las zonas de bajas emisiones tras su implantación:
4. El proyecto de ZBE deberá revisarse, al menos, a los tres años de su establecimiento y, posteriormente, al menos, cada cuatro años, con el fin de garantizar que se están alcanzando los objetivos planteados en el proyecto, y que responden a lo establecido en este real decreto.
Tras la implantación y puesta en funcionamiento de una ZBE, a los tres años se deberá revisar, por ley, su funcionamiento. Esto implica evaluar su rendimiento, y practicar modificaciones en función de la necesidad y cumplimiento de los objetivos iniciales. Estas modificaciones pueden implicar restricciones adicionales a vehículos con etiqueta B – los más contaminantes dentro de los que ostentan distintivo ambiental. No debemos olvidar que el objetivo de las ZBE no solo es reducir la contaminación atmosférica, si no promover el cambio hacia modos de transporte más sostenibles y desincentivar el uso del transporte privado.
Esta primera revisión a los tres años de su implantación tendrá lugar entre los años 2026 y 2027 para la mayor parte de municipios españoles que tengan activas sus ZBE. Tras esta primera revisión, las sucesivas revisiones se llevarán a cabo cada cuatro años. Queda por concretar si estas revisiones traerán de la mano más restricciones, pero como sabes, las ZBE son de competencia municipal, por lo que habrá 149 criterios diferentes – con sus peculiaridades, localismos, signos políticos, y demás consideraciones particulares.
Tampoco conviene olvidar el tumultuoso escenario político en el que nos hayamos. Las elecciones municipales de mayo aun son muy recientes, y todo el país está pendiente de si tendremos gobierno o nos veremos abocados a elecciones generales a finales de año. El panorama político resultante tiene una clara influencia en estas medidas ambientales, y ante la incertidumbre, muchas corporaciones locales – de las que dependen las ZBE – han optado por esperar a implantar sus Zonas de Bajas Emisiones. En todo caso, lo que también queda patente es que la movilidad de bajas emisiones es cara para una gran parte de los automovilistas españoles, y que para muchos, la única alternativa será el transporte público.