La emergencia sanitaria que hemos afrontado en los últimos dos meses ha alterado los mecanismos que regulan el tráfico. Con las Inspecciones Técnicas de Vehículos, las ITV, cerradas por causa de fuerza mayor, muchos conductores han visto cómo finalizaba la vigencia de su inspección, sin que pudieran cumplir con su obligación de mantenimiento legal de su vehículo. Evidentemente, las autoridades legislaron en consecuencia y otorgaron una prórroga, para que aquellos vehículos cuya ITV hubiera caducado durante el estado de alarma pudieran seguir circulando legalmente. El inicio de la llamada desescalada nos lleva a pensar también en el fin del estado de alarma, en el regreso de la actividad y, por lo tanto, el fin de una moratoria que obligará a todos los conductores cuya ITV ha caducado a superar la correspondiente revisión de su vehículo. Ahora bien, ¿cuáles son los nuevos plazos para pasar la ITV?
Nuevos plazos de ITV para evitar la saturación de los centros
El número de vehículos cuya ITV ha caducado durante el estado de alarma y las correspondientes restricciones al movimiento, y cese de actividades, como el de los centros que llevan a cabo las inspecciones técnicas, asciende a varios millones de automóviles. Se estima que a finales de mayo más de 5 millones de coches estarían pendientes de superar la ITV. De ahí que el Ministerio de Sanidad haya emitido una orden ministerial (ver BOE del sábado 16 de mayo), en la que se establece una prórroga que ahora ya no solo depende del fin del estado de alarma, sino también de la fecha de vigencia inicial de la ITV, el momento en que caducó y en el cual no se pudo acudir al centro de revisión por las restricciones y el cierre que ha conllevado el estado de alarma.
Se establecen por lo tanto una serie de tramos, una prórroga de las ITV escalonada por semanas, en los que comienza una cuenta atrás, de al menos 45 días, desde el momento en que venza la vigencia del estado de alarma.
Es difícil vaticinar si esta idea, que no establece un sistema de turnos que priorice la revisión de aquellos vehículos que llevan más tiempo con la ITV caducada, evitará la congestión de los centros que llevan a cabo las inspecciones técnicas. Pero, naturalmente, resultará muy útil para añadir un margen mayor a los conductores y que estos puedan ir acudiendo a los centros de ITV disponiendo de un tiempo razonable, y suficiente, para cumplir con sus obligaciones.
Las prórrogas de las ITV en función de la semana de caducidad
Las prórrogas de las ITV, como os decíamos, se establecerán a partir del día en que finalice el estado de alarma. De momento, el estado de alarma vence el 23 de mayo, a la espera de una posible prórroga que ha de aprobarse el Congreso de los Diputados. El momento en que finalice la última prórroga y, por lo tanto, el estado de alarma, será el que marque la cuenta atrás de los plazos, cuyas prórrogas comienzan con aquellos vehículos cuya vigencia de la ITV caducó en la primera semana del estado de alarma, entre el 14 y el 20 de marzo, que dispondrán de una prórroga de 30 días, más 15 días adicionales, desde el fin del estado de alarma.
A partir de la segunda semana, el Ministerio de Sanidad ha establecido prórrogas de 30 días, más n períodos de 15 días, donde n es el número de la semana desde el comienzo del estado de alarma. Este sistema de prórrogas hace que los vehículos cuya ITV venciera a partir de hoy, 16 de mayo, tengan al menos 180 días de prórroga, prácticamente 6 meses para superar la ITV después de que finalice el estado de alarma. Hablamos de plazos muy holgados que no solo tienen en cuenta la cantidad de coches cuyas ITV han caducado que tendrán que pasar por los centros de inspección, sino también aquellos cuya ITV caducará tras el fin del estado de alarma.
Para simplificarlo, seguiremos el ejemplo de Civio que ha preparado la tabla que sigue para simplificar las prórrogas en función de la caducidad inicial de la ITV. Insistimos, una vez más, en que estas prórrogas no comienzan a contar en el momento en que caducó la ITV, sino en el momento en que venza el estado de alarma:
1: Del 14 al 20 de marzo, ambos inclusive: 45 días naturales de prórroga
2: Del 21 al 27 de marzo: 60 días
3: Del 28 de marzo al 3 de abril: 75 días
4: Del 4 a 10 de abril: 90 días
5: Del 11 al 17 de abril: 105 días
6: Del 18 al 24 de abril: 120 días
7: Del 25 de abril al 1 de mayo: 135 días
8: Del 2 al 8 de mayo: 150 días
9: Del 9 al 15 de mayo: 165 días
10: Del 16 al 22 de mayo: 180 días
Hasta que no finalice el estado de alarma no podremos definir con exactitud hasta qué mes tendrá validez la ITV de cada vehículo. Pero pensemos que si el estado de alarma finalizase el 23 de mayo, y la ITV de nuestro coche vence del 16 al 22 de mayo, con esta prórroga tendremos de plazo hasta noviembre para superar la ITV y cumplir con la revisión técnica obligatoria.
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