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La DGT alerta de las diez infracciones más peligrosas y frecuentes que cometen los motoristas

En los últimos meses la Dirección General de Tráfico se ha volcado especialmente con el colectivo de los motoristas y con su seguridad, pues por razones evidentes se trata de uno de los más vulnerables en la carretera. Sin embargo, todos los que montamos en moto también nos sentimos señalados en algunas ocasiones debido a un reducido grupo de personas que incumplen las leyes de tráfico, siendo estos los protagonistas del último tuit de la DGT en el que nos recuerda y alerta de las infracciones más peligrosas y frecuentes por parte de los motoristas, y por tanto, las más perseguidas.

Así pues, antes de enumerar cuáles son esas conductas, decir que todas ellas pueden enmarcarse en dos grandes grupos. En primer lugar nos encontramos maniobras como cambios de sentido indebidos o aparcamiento sobre la acera, todas ellas debido al reducido tamaño y agilidad que posee cualquier motocicleta, y en segundo lugar, otras igualmente antireglamentarias, como excesos de velocidad o adelantamientos peligrosos, debido a las prestaciones muy superiores que desarrolla una moto medianamente potente (y común) en relación con el tráfico ordinario.

 

1) Adelantar sin mantener la distancia de seguridad

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En todo aquel adelantamiento en el que se ve envuelto un vehículo de dos ruedas, ya sea este último quien adelanta o no, debe existir una separación lateral mínima de 1,5 metros en vías interurbanas y proporcional a la vía y velocidad dentro de poblado. De esta forma se evita que cualquier distracción o contratiempo por alguno de los dos conductores acabe en accidente por pérdida del equilibrio del motorista, al igual que reduce el impacto del aire durante la maniobra. No respetar esta distancia supone un infracción grave que conlleva la retirada de 4 puntos y una cuantía económica de 200 €.

 

2) Velocidad inadecuada

Dgt Infracciones Sanciones Comunes Motoducati Supersport 950 S 2021

El exceso de velocidad es un clásico cuando hablamos de multas e infracciones. Sin embargo, con una motocicleta es mucho más fácil exceder considerablemente los límites de velocidad ya que sus prestaciones, y sobre todo aceleración, son muy superiores a las de un coche común. Así pues, mientas que un turismo tipo, de 1.500 kg y 150 CV, nos da una relación peso/potencia de 10 kg/CV, en una moto podemos hablar fácilmente de 100 CV para 300 kg (motorista incluido), lo que nos deja relación de 3 kg/CV. En cuanto a sanciones, van desde un mínimo de 100 € hasta 600 €, la retirada de 6 puntos e incluso un delito contra la seguridad vial por exceder en más de 80 km/h la velocidad máxima.

 

3) Circular por el arcén

Cuando el tráfico comienza a dejar de ser todo lo fluido que debiera es común ver a motoristas que optan circular por el arcén para sortear la retención, algo que está totalmente prohibido salvo si se realiza por sufrir una avería que obligue a circular a una velocidad anormalmente reducida y se esté perjudicando notablemente la circulación, siendo el castigo por ello de 200 €.

No obstante, en la última reforma planteada por la DGT se pretende que las motos sí puedan circular por el arcén en esas condiciones de retenciones, a una velocidad máxima de 40 km/h, con el objetivo de descongestionar la zona, dejar espacio para otros vehículos y evitar el llamado filtering.

 

4) Adelantar por la derecha

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Lo cierto es que adelantar por la derecha es una infracción que no sólo es cometida por motoristas, sino por todo tipo de conductores, y que por ser considerada como grave supone la pérdida de 4 puntos y 200 €. No obstante, en poblado sí que está permitido adelantar por la derecha, siempre que se realice en condiciones de seguridad y circulemos por el carril que más convenga a nuestro destino, entre otras excepciones, las cuales ya os contamos en Diariomotor.

 

5) Cambios de sentido indebidos

Tal y como decíamos al principio, dada la gran agilidad y maniobrabilidad de una moto, invita a realizar cambios de sentido que con un coche no serían imaginables, los cuales, además, no están permitidos. Estamos hablando de todas esas situaciones en las que se aprovecha un paso de peatones en ciudad para hacer ese giro de 180° o un semáforo, y también cuando fuera de poblado se lleva a cabo en una zona de baja visibilidad o con una línea continua que separa ambos sentidos. Así pues, dependiendo de las circunstancias concretas de la infracción, puede suponer una multa entre 200 € y 400 € junto a la pérdida de hasta 4 puntos.

 

6) Circular con la luz apagada

Dgt Infracciones Sanciones Comunes Motos Husqvarna Svertpilen 250 2020

En moto es obligatorio circular siempre con las luces de corto alcance encendidas (no lo es así en los cilclomotores que siguen la norma general), algo que en algunas ocasiones, por un simple despiste del conductor en un soleado día, olvida hacer. De hecho, las últimas motocicletas ya conectan automáticamente la luz de cruce, no siendo posible apagarla. Se trata de algo fundamental que ayuda a poder percatarse de la presencia de un vehículo tan poco visible como es una moto, y que no hacerlo supone una multa de 80 €.

 

7) Avanzar entre coches

Llegamos a uno de los puntos más polémicos, que no es otro que adelantar entre coches, una actitud que también se encuentra entre las que ha puesto el foco la DGT. A groso modo podemos distinguir entre dos comportamientos distintos, uno que está sancionado, y otro que no. El primero de ellos se da cuando un motorista decide adelantar entre dos coches fuera de poblado, o incluso dentro, estando ambos coches en movimiento. Ello supone que no se respete la distancia lateral de seguridad, una conducta muy peligrosa que está sancionada con 200 € y la retirada de 4 puntos.

Sin embargo, diferente es el hecho de llegar a un semáforo y sortear en moto los diferentes coches hasta colocarse en primera posición, una técnica muy común en las grandes ciudades que se conoce como filtering, y que no está prohibida, ya que en realidad no es un adelantamiento como tal, pues lo otros usuarios se encuentran detenidos. De hecho, en algunas urbes existen una zona junto al semáforo en primera posición especialmente reservada para las motos.

 

8) Estacionar en la acera

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De nuevo, debido a las características de las motos, conductas como aparcar sobre la acera son muy dadas entre sus usuarios, la cual está prohibida por normal general, aunque son los diferentes ayuntamientos quienes tienen la última palabra, existiendo algunas ciudades en las que sí está permitido, como Madrid o Barcelona.

 

9) Velocidad excesiva en zonas residenciales

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Igualmente, la DGT también apunta como otra infracción reiterada la velocidad excesivas en zonas residenciales, en las cuales la invasión de la calzada por parte de peatones es muy frecuente, motivo por el cual es necesario prestar aún mayor atención.

 

10) Invadir el sentido contrario

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Finalmente, de nuevo debido al pequeño tamaño que ocupan las motocicletas en comparación con otros vehículos de cuatro ruedas, es también frecuente que estas invadan el sentido contrario en maniobras de adelantamiento, bien sea un adelantamiento puro como tal, haciendo caso omiso a una línea continua, y sobre todo en ciudad, sorteando el tráfico. Así pues, dependiendo de las circunstancias, podemos enfrentarnos a una sanción que va desde los 200 € hasta los 500 € y la retirada de 6 puntos.

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José Luis Gómez

Graduado en Ingeniería Mecánica apasionado de los coches, su historia y su técnica. Actualmente gracias a Diariomotor he convertido mi pasión en mi profesión, juntando letras sobre esos cacharros de cuatro ruedas y, sobre todo, aprendiendo cada día algo nuevo sobre ellos. Seguir leyendo...

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