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La Inspección Técnica de Vehículos, la ITV, tiene el fin de asegurar que todos los vehículos que circulan por nuestras calles y carreteras cuentan con las condiciones apropiadas para ello, certificando así su seguridad, su buen funcionamiento, que todos los componentes estén debidamente homologados, que su kilometraje no ha sido adulterado y que respetan las normativas de ruido o emisiones. Por supuesto las motos y ciclomotores no están exentos y tienen que pasar por esta inspección periódica como también tienen que pasar por la ITV los coches, pero, ¿cuándo tengo que pasarle la ITV a mi moto? ¿Cuál es la multa por circular con la ITV caducada? ¿Qué van a comprobar en la ITV? Esto es todo lo que tienes que saber al respecto.
¿Cada cuando se le pasa la ITV a una moto?
En el caso de las motos ocurre como con los coches. Los 4 primeros años tras haber comprado y matriculado la moto están exentos de ITV. Tras pasar una primera revisión a los 4 años tendremos que pasarla segunda ITV a los 2 años, es decir, a los 6 años de haber comprado y matriculado la moto y la siguiente 2 años después, a los 8 años.
A diferencia de los coches, que al décimo año pasan a contar con la obligatoriedad de pasar la ITV cada año las motos mantienen la periodicidad de los 2 años de por vida por lo que tras la primera revisión de los 4 años ya la pasaremos siempre cada 2 años.
¿Y los ciclomotores? ¿Cuadriciclos ligeros y quads?
En el caso de los ciclomotores, las motos de menos de 50cc, la ITV es también obligatoria, algo que no ocurría anteriormente, años atrás. Este tipo de vehículo tiene que pasar la primera. ITV a los 3 años de la primera matriculación y después pasan a contar con la misma periodicidad que las motos, cada 2 años.
En el caso de los cuadriciclos ligeros y los quads se sigue la misma norma que con las motos, deben pasar la primera inspección tras pasar los 4 primeros años de la primera matriculación y después se pasará la ITV cada 2 años.
¿Cómo saber cuándo fue la primera matriculación del vehículo? ¿Y la fecha de la próxima ITV?
Para saber cuando se realizó la primera matriculación de tu moto, al igual que tu coche, debes consultar el permiso de circulación mientras que en la tarjeta de la ITV aparece la fecha de validez de la última inspección, así como en el informe de la última ITV. En el caso de conservar la pegatina entregada en la última inspección puedes ver una aproximación, con mes y año, en el que debes pasar la ITV.
¿Qué comprueban en nuestra moto en la ITV?
Al acudir a una estación de ITV, donde se realizará la inspección debemos acudir con el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica de vehículos. A partir de aquí se realiza una supervisión de diferentes puntos que están recogidos en el Manual de Procedimiento de Inspecciones de las Estaciones de ITV, un manual que edita el Ministerio de Industria.
Se comprueban elementos como la matrícula y número de chasis, el estado de la carrocería, la señalización, el alumbrado, que la dirección y la suspensión actúen de forma correcta, que no existan holguras, que los neumáticos estén en correcto orden de marcha, que los frenos actúen debidamente y que la moto no emita gases contaminantes o haga ruido por encima de lo establecido. También se comprueba que el motor está en correcto estado, que no hay fugas de aceite o combustible, que no hay corrosión, la instalación eléctrica y que la matrícula está debidamente situada y alumbrada (con la inclinación y altura adecuada).
Tras pasar la inspección el resultado se puede dividir en ITV favorable, ITV desfavorable e ITV negativa. En el segundo caso sólo podremos desplazar nuestro coche o moto desde la ITV al taller y del taller a la ITV mientras que en el último tendremos que desplazar nuestro vehículo en grúa.
Hay que tener en cuenta que estas inspecciones buscan aumentar la seguridad de todos los usuarios de la vía, obligando así a los usuarios a la buena conservación y el buen mantenimiento de sus vehículos, a tener las ruedas en buen estado, a que todas las luces del coche funcionen… Además de certificar que los cambios en un coche o moto están debidamente homologados y dificultar estafas modificando del kilometraje del coche. Existen multitud de centros donde pasar la ITV y en una rápida búsqueda en internet puedes ver cuál es la ITV más cercana a la que puedes acudir. Muchas permiten reservar una cita previa para agilizar el proceso.
¿Cómo se clasifican los diferentes defectos?
Se establece una división entre los diferentes defectos que se pueden registrar durante la inspección, quedando clasificados de la siguiente forma:
– Defectos leves: estos defectos no afectan a la seguridad del vehículo y se puede seguir circulando con ellos. Hay que subsanarlos en el menor tiempo posible pero el usuario no tendrá que volver a pasar por la ITV para certificar que se ha reparado hasta la siguiente inspección.
– Defectos graves: estos defectos si que afectan ya a la seguridad del vehículo o al medio ambiente. Tras notificarlos tendremos que acudir a nuestro taller y volver a la ITV. Si en la ITV hemos tenido algún fallo de este tipo sólo podemos circular entre el taller y la ITV. Se consideran fallos graves algunos fallos de alumbrado o señalización, la presencia acusada de óxido o aristas cortantes en la carrocería, el mal funcionamiento de los frenos con una eficacia por debajo del 50%, que la matrícula esté en mal estado o que tengamos una fuga de combustible.
En el caso de tener un defecto grave tenemos un margen de 2 meses para subsanarlo pero si lo solucionamos en un plazo de 15 días y acudimos dentro de este plazo a la ITV no tendremos que volver a abonar el coste de pasarla.
– Defectos muy graves: constituyen un riesgo para la seguridad vial. El coche deberá ser trasladado en grúa y por supuesto deberá volver a pasar por la ITV para certificar que se ha subsanado. La gravedad de los defectos antes señalados condicionarán el hecho de que hablemos de un defecto grave o muy grave.
Multas por no tener la ITV al día
En el caso de circular con la ITV caducada nos exponemos a una multa de 200 euros mientras que si hemos pasado la ITV y hemos tenido un resultado negativo y seguimos circulando con el coche nos exponemos a una multa de 500 euros. En el primer caso tenemos bonificación por pronto pago y la multa se quedará en 100 euros mientras que en el segundo no hay posibilidad de rebaja.
Si circulamos con el coche con la ITV desfavorable y no podemos demostrar que estemos de camino al taller la multa es de 200 euros, 100 euros con pronto pago.
En ninguno de los casos la sanción conlleva pérdida de puntos.