Desde que nacieron las etiquetas ambientales de la DGT hace casi un lustro supimos que iban a ser la herramienta ideal para la instrumentalización de las futuras restricciones a la circulación. Y así ha sido. En 2023 entrarán en funcionamiento las ZBE que hayan hecho sus deberes, y en muchos medios se está hablando de las restricciones a la circulación que supondrán. Curiosamente, muchos comentan que los coches con etiqueta B tendrán que aparcar obligatoriamente en parkings ya en 2023. Por fortuna, esto no es cierto.
No se debe creer todo lo que se lee a pies juntillas, y en esta ocasión, parece que estamos ante una combinación de bulo, desinformación y titulares que buscan el click. Vayamos por partes, pero dejemos algo muy claro desde el principio: no existe precepto normativo o ley alguna que obligue a que los coches con etiqueta B tengan que estacionar en un parking al circular por una zona de bajas emisiones. Los coches con etiqueta B son muy abundantes en nuestras calles y carreteras, y ciertamente, serán los primeros en recibir restricciones a futuro.
Con todo, los coches con etiqueta B se pueden librar de las restricciones a la circulación que se imponen a nivel nacional a los coches sin etiqueta a la hora de circular en las zonas de bajas emisiones. Y recalco lo de «se pueden librar», porque hay que recordar que el diseño de las 150 zonas de bajas emisiones que deberían estar funcionando en España para el 1 de enero – spoiler, solo 20 de 150 estarán funcionando – es de competencia municipal. Es decir, cada una de estas 150 ZBE será diferente en extensión, horarios o restricciones.
Esta fragmentación provocará no pocos dolores de cabeza y sabemos que la confusión que de su heterogeneidad derive será fantástica para las arcas municipales. Pero al mismo tiempo, esta fragmentación hará que algunas ZBE sean mucho menos restrictivas que otras. En este punto, quiero comunicarios (o mejor dicho, recordaros) la existencia de un documento llamado «Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones (ZBE)», publicado en 2021 por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Retro Demográfico (MITECO).
Orientado a ayuntamientos y municipios, este documento habla sobre las formas idóneas de crear una ZBE, y qué restricciones son las más efectivas para lograr la reducción de uso del transporte privado, objetivo último de todas las ZBE. Ni siquiera en el epígrafe dedicado a los criterios de aparcamiento – ni en ningún lugar de la Ley de Cambio Climático – se habla de obligar a los coches con etiqueta B estacionar en un parking. Ahora bien, un ayuntamiento sí podría plantear esta obligatoriedad a la hora de diseñar su ZBE.
De hecho, es lo que ya ocurre en Madrid Central, la primera ZBE de España. Introducida por el ejecutivo de Manuela Carmena y perpetuada por el equipo de Almeida, Madrid Central obliga a los no residentes y en general, a cualquier vehículo sin etiqueta ECO o CERO a estacionar en un parking para librarse de una multa de 90 euros. En algunas ciudades ya se ha prohibido a vehículos sin etiqueta estacionar en sus zonas ORA/SER. Pero insisto una vez más, es decisión opcional de cada ayuntamiento introducir este tipo de restricciones.
Y al menos hasta mayo, podréis respirar tranquilos en lo tocante a restricciones de circulación y aparcamiento. Aunque las ZBE tendrían que estar en activo el 1 de enero, en unos meses hay elecciones municipales. Muchos ayuntamientos decidirán «postergar» la puesta en funcionamiento de sus ZBE hasta entonces – casualmente.