Las temeridades en la carretera siguen existiendo, aunque en numerosas ocasiones estas no se consideran ni si quiera ilegales debido a que, para muchos, no conllevan un riesgo de tal calibre; pues craso error, estimado infractor. Claro ejemplo de ello es aparcar en sentido contrario, una práctica sumamente habitual que no solo puede suponer un peligro para los demás conductores, sino que también te puede costar una cuantiosa suma de dinero y la pérdida de puntos del carnet. Más concretamente podría suponer hasta 500 euros y 6 puntos de carnet en caso de que un agente de la autoridad contemple como la llevas a cabo. Te lo pensarás dos veces a partir de ahora, eso seguro.
Podemos pensar que aparcar en sentido contrario no hace daño a nadie, pero no es el mero hecho de dejar el vehículo estacionado de dicha forma, sino el camino que realizas para dejarlo así. Y es que, tal y como se recoge en el Reglamento General de Circulación, «cuando en vías urbanas tenga que realizarse el aparcamiento o estacionamiento en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo«, aunque hay más.
Y es que otro punto de este mismo reglamento puede resultar algo confuso para la ocasión, e incluso no llegar entender por qué se aplica, pero en el fondo tiene toda la lógica del mundo. Este hace alusión a que «está prohibido circular en dirección contraria al sentido de la marcha, sea cual sea la distancia», algo que parece innecesario explicar porque cae de cajón y que no tiene nada que ver con estacionar en sentido contrario.
Pues nada más lejos de la realidad, ya que para estacionar en sentido contrario has tenido previamente que invadir el carril contrario, incumpliendo una norma básica y fundamental de circulación. Esta acción no solo puede implicar una infracción, sino también un accidente debido al riesgo que conlleva circular en el sentido contrario al tráfico. En caso de que un agente de la autoridad presencie esta ilegalidad, puede aplicar una multa de hasta 500 euros y una retirada de 6 puntos del carnet al tratarse de una infracción de carácter grave.
Pero si has llegado hasta este punto del artículo y te sigue dando lo mismo aparcar en sentido contrario tentando a la suerte y pensando que no serás tan iluso como para hacerlo en presencia de la policía, te diremos que no corras tanto. Y es que independientemente de que consigas llevar a cabo esta temeridad con «éxito», no estás exento de recibir una más que justificada sanción, puesto que un regulador de aparcamiento -o un agente de la autoridad- que vea un coche estacionado en sentido contrario puede establecer igualmente una multa leve de hasta 100 euros.