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La DGT confirma que los plazos de renovación del carnet cambiarán para los mayores de 65 años: “Son excesivos”

En España no hay un límite de edad para conducir, pero a partir de determinada edad sí aumenta la periodicidad con la que se debe renovar el carnet. Pere Navarro anunció, hace algunos meses, su intención de revisar tanto los plazos como las pruebas para los conductores mayores de 65 años. Ahora la DGT ha confirmado el primer punto, pero no el segundo.

Pontevedra ha acogido, estos días, la convención nacional de directivos de la Dirección General de Tráfico: no sólo han estado presentes todos los jefes provinciales, también el director de la entidad. Entre los temas abordados, ha destacado los cambios que afectarán a los conductores de 65 años: la DGT está estudiando la manera de reducir el plazo de renovación de su carnet, que actualmente es de cinco años.

Conductor Mayor 65 Carnet 02

Cambian los plazos, no las pruebas

La razón la ha dado el propio Pere Navarro: “A todo el mundo le parecen excesivos los plazos y tenemos que adecuarlos”. Apunta, al mismo tiempo, que es un “tema delicado” y, por esta razón, van a trabajar de la mano de asociaciones y colectivos de mayores. Tanto es así que la DGT ya les ha pedido que den forma a su propia propuesta para reducir ese plazo de cinco años: “Les afecta directamente y sabemos que son gente responsable. Estamos a la espera de ver qué nos proponen”.

El director de la DGT también ha querido recordar que, dentro de poco, se aprobará una directiva europea relacionada con este tema: “Veremos qué es lo que recoge”. Pero Navarro también ha confirmado que, de momento, no cambiarán las pruebas físicas y psicológicas que deben superar los conductores de 65 años en el reconocimiento necesario pata renovar su carnet: “En este momento estamos centrados en los plazos”.

Conductor Mayor 65 Carnet 03

El carnet a los 65 años

La Dirección General de Tráfico establece que, cuando un conductor cumple 65 años, la vigencia de su carnet se reduce para asegurar que se mantiene intacta su capacidad a la hora de ponerse al volante. Esos períodos máximos de validez son de cinco años para los permisos de coches, motos y motocicletas (AM, A1, A2, A, B) y licencias de conducción y de tres años para los permisos profesionales de autobuses y camiones (C, C1, D, D1, EC, EC1, ED, ED1…).

Con esta norma se pretende aumentar la frecuencia de las revisiones médicas y de aptitud para que seguir conduciendo sea seguro para todos. Lo cierto es que el reconocimiento médico que se debe superar y los criterios a evaluar son los mismos para cualquier edad, pero sí es posible que se aplique alguna limitación (kilométrica, horaria para impedir la conducción nocturna…) o alguna reducción en la validez si se detecta una enfermedad o deficiencia que no impide la renovación, pero es susceptible de agravarse.

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Elena Sanz Bartolomé

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