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Por qué va por la carretera este ciclista, cuando existe un carril bici, pues porque quiere y porque puede

De nuevo salta la polémica. Y una escena bastante común y compartida en las redes sociales se convierte en el enésimo escenario de confrontación entre dos posiciones inexplicablemente irreconciliables, la de algunos conductores, y la de algunos ciclistas.

Por qué va por la carretera este ciclista

  • Una imagen habitual en muchas carreteras. Un ciclista circula por la calzada, cuando existe un carril bici, una vía ciclista adyacente, segregada y reforzada y separada del tráfico a motor por bolardos
  • La normativa a este respecto es bastante clara y, efectivamente, el ciclista sí puede circular por la calzada aún existiendo una vía ciclista

Veamos qué sucede en este tipo de casos, y la razón por la cual el ciclista puede optar por circular por la vía ciclista u optar por hacerlo por la calzada, «porque quiere y porque puede».

… porque quiere y porque puede

Regresamos dos años atrás para encontrarnos con un caso similar, que ya generó polémica en las redes sociales, difundido por la propia Policía Local de Granada que, con una imagen de un ciclista circulando por la calzada junto a una vía ciclista, recordaba la norma apuntando que el ciclista hacía lo correcto, y que podía circular por la calzada «porque quiere y porque puede».

Los agentes granadinos apuntaban a la ordenanza local, que establece que en las vías urbanas de la ciudad el ciclista puede circular por uno u otro indistintamente.

Pero si nos dirigimos a las normas nacionales, que no solo rigen en vías urbanas sino también en las interurbanas, nos encontraremos con una conclusión parecida.

Lo que dice la norma para ciclistas según la DGT

No, no existe una norma en el Reglamento General de Circulación que establezca que el ciclista está obligado a utilizar el carril bici, o la vía ciclista, cuando exista y que, por lo tanto, tenga prohibido circular por la calzada.

Tan solo nos encontramos con un punto que establece que, efectivamente, los ciclistas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor en carriles bicis y pasos para ciclistas, en su artículo 64 sobre normas generales y prioridad de paso de ciclistas:

Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:

a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.

La excepción que obliga al ciclista a utilizar el carril bici

Ahora bien, sí existe una excepción importante, la de la señal R-407. Esta señal también ha estado sujeta a no pocas polémicas, e incluso se ha propuesto su eliminación, o sustituirla por otra que eliminase su sentido obligatorio. Sea como fuere, la existencia de la señal R-407 en el acceso a un carril bici o una vía ciclista obliga al ciclista a circular por su carril segregado y, por ende, prohibiría tácitamente que circule por la calzada. De haber sido este el caso de la imagen que nos ocupa, sin duda el ciclista no estaría circulando correctamente.

R-407 a. Vía reservada para ciclos o vía ciclista. Obligación para los conductores de ciclos de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla

Mientras tanto, si nos atenemos a las recomendaciones para ciclistas de la propia Dirección General de Tráfico, nos encontraremos que «por seguridad, en ciudad y en carretera es siempre recomendable – no obligatorio – circular por los carriles bici siempre que estén disponibles».

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David Villarreal

David Villarreal desempeña la Dirección del Equipo Editorial de Diariomotor.

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