Desde el 1 de enero y de manera efectiva desde el 1 de mayo, sobre los coches sin etiqueta pesan una serie de estricciones que les impiden circular con total libertad por Madrid. No obstante, la norma tiene sus propias excepciones y requisitos cuyo cumplimiento sí permitiría el acceso a las zonas limitadas: estas son las condiciones que deben cumplir los modelos más contaminantes para poder entrar a la M-30 de Madrid.
El Artículo 21, la disposición transitoria primera y el anexo II de la Ordenanza de Movilidad Sostenible son los encargados de regular la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid. Un área en la que, como explica el ayuntamiento de la ciudad, se ha ordenado el tráfico prohibiendo el acceso y la circulación de todos los vehículos que la Dirección General de Tráfico ha incluido dentro de la clasificación ambiental A por ser los más contaminantes.
Cómo entrar a la M-30
Sin embargo, estos modelos (00-Sin especificar, 02-Familiar y 33-Todoterreno) sí podrían entrar y circular por el interior de esta vía de circunvalación siempre que a fecha 1 de enero de 2022 cumplan un par de requisitos:
- Estar domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de Vehículos de la DGT
- Figurar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid
Cumpliendo estas condiciones podrán acceder y moverse dentro de la M-30 hasta el 31 de diciembre de 2024. A partir del 1 de enero de 2025, no obstante, sólo podrán circular los siguientes vehículos con clasificación ambiental A:
- Vehículos especialmente adaptados para ser conducidos por o trasladar Personas con Movilidad Reducida (PMR) siempre que estén dados de alta en el sistema de gestión de accesos.
- Vehículos históricos.
- Vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas.
¿Y si no cumplen los requisitos?
Si no reúnen este par de requisitos o dejar de cumplirlos en un momento posterior al 1 de enero de 2022 sí tendrán que respetar las limitaciones establecidas:
- A partir del 1 de enero de 2022: prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 excluyendo la propia vía de circunvalación.
- A partir del 1 de enero de 2023: prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30.
- A partir del 1 de enero de 2024: prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
- A partir del 1 de enero de 2025: sólo podrán moverse con total libertad dentro y fuera de la M-30 los modelos incluidos en las excepciones (PMR, históricos, de emergencias y Fuerzas Armadas).
Las multas por entrar a la M-30
Todos aquellos que no respeten las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones de Madrid y accedan al interior de la M-30 sin autorización, serán denunciados y sancionados con multa de 200 euros de acuerdo con la modificación de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.