Los coches camuflados y los radares móviles tienen un objetivo claro: vigilar la velocidad de los conductores sin que su presencia sea advertida. En este artículo no vamos a entrar en consideraciones sobre el equilibrio entre la recaudación por sanciones de tráfico y la mejora de la seguridad vial. De lo que vamos a hablar es de la colocación de los cinemómetros móviles, y la legalidad de esta colocación. ¿Pueden realmente colocarse los coches camuflados y radares móviles de la DGT en cualquier lugar? Quédate con nosotros para despejar esta duda.
Es normal que a muchos conductores nos enoje y nos dé rabia la colocación de muchos radares móviles. Especialmente en aquellas zonas donde sabemos que no existen peligros reales, o en zonas donde los conductores deben circular a una velocidad más baja de la que la vía demandaría – por ejemplo, en una zona periurbana escasamente urbanizada. En muchas ocasiones, cuando vemos el trípode del Velolaser o el coche camuflado… es demasiado tarde. El Artículo 68 del Reglamento General de Circulación es la norma que regula la colocación de estos vehículos, pertenecientes a la autoridad.
Concretamente, el tercer párrafo del punto 1 del artículo dice lo siguiente:
Art. 68, Reglamento General de Circulación. Facultades de los vehículos prioritarios.
1.
…
Los agentes de la autoridad responsable de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando presten auxilio a los usuarios de ésta o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación. Asimismo, determinarán en cada caso concreto los lugares donde deben situarse los vehículos de servicios de urgencia o de otros servicios especiales.
Como podéis comprobar, la clave está en la frase «agentes de la autoridad responsable de la vigilancia (…) del tráfico», y en la frase «situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesaria cuando (…) o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación». En base a este artículo, los agentes de la autoridad podrían aparcar un vehículo camuflado, colocar un radar móvil o volar un drone en el lugar que estimen necesario para la correcta vigilancia del tráfico. Como es lógico, este lugar no debería impedir el correcto flujo de tráfico o ser fuente de distacciones.
En la actualidad, la DGT comunica la ubicación de todos los radares fijos de la red de carreteras del país, y en muchas ocasiones, comunica la presencia en la zona de controles móviles de velocidad. En algunas carreteras, es un aviso genérico colocado al inicio de un tramo concreto. Aunque suelen hacerlo, la realidad es que la DGT no tiene la obligación de comunicar la presencia de controles móviles de velocidad. En este último supuesto, son los ayuntamientos los que menos suelen avisar de la ubicación de sus radares camuflados, normalmente a bordo de vehículos discretos.