Como cada año para estas fechas, la DGT inicia una nueva campaña de vigilancia y control con el punto de mira puesto en las cenas navideñas. Desde hace tiempo la Dirección General de Tráfico viene alertando de una situación preocupante que se da en estas fechas, en las que las celebraciones navideñas, en ocasiones, van acompañadas de alcohol, y algunos conductores tienden a relajar las precauciones que toman el resto del año y pueden llegar incluso a conducir un vehículo bajo los efectos del alcohol. Ahora bien, ¿en qué consiste esta nueva campaña de control y vigilancia de la DGT?
Más controles y más vigilancia de la DGT
Del 9 al 15 de diciembre se llevará a cabo una campaña especial de vigilancia de la DGT en la que, sobre todo, se multiplicarán los controles de alcohol y drogas. Esta campaña involucra a diferentes cuerpos policiales, como la Guardia Civil, las policías locales, y las policías autonómicas.
Tráfico estima que se realizarán más de 25.000 pruebas diarias de alcohol y drogas. Como en años anteriores, estos controles ya no estarán localizados principalmente en zonas de ocio nocturno y en horarios compatibles con este tipo de fiestas, sino que se repartirán a lo largo de todo el día y en localizaciones muy variadas, tanto urbanas, como en carretera.
El objetivo principal, como os decíamos, es disuasorio, evitar que las celebraciones de estas fechas aumenten el número de conductores que conducen bajo los efectos del alcohol. Según las estimaciones de la DGT, en estas semanas, durante la Navidad, un español de media tendrá alrededor de 10 celebraciones, incluyendo cenas tradicionales con la familia y otros eventos con los amigos y comidas y cenas de empresa.
Las multas establecidas por la DGT para alcohol y otras drogas
Las multas por alcohol y otras drogas oscilan entre los 500 euros y 4 puntos de retirada del carné, en el caso de superar los 0,25 mg/litro en aire espirado (0,15 mg/litro para profesionales y conductores noveles), hasta los 1.000 euros y la retirada de 6 puntos del carné si se superan los 0,50 mg/litro en aire espirado o se es reincidente. Más grave superar los 0,6 mg/litro en aire espirado, situación en la cual el conductor debería enfrentarse a un delito, que puede conllevar pena de prisión de tres a seis meses, multas de seis a doce meses y privación del derecho a conducir entre uno y cuatro años. Conducir con presencia de drogas en el organismo conlleva una multa de 1.000 euros y la retirada de 6 puntos del carné.
Por otro lado, recordemos que dar positivo en un control de alcoholemia supone la inmovilización del vehículo.
Las sanciones más habituales en la última campaña de control de la DGT: