La DGT nos pone constantemente a prueba con sus habituales test en su cuenta de Twitter. Estos test rápidos nos vienen muy bien para mantenernos al día de la normativa de circulación, y en casos como este, repasa supuestos que podríamos tener muy olvidados – ¿aprobarías el teórico del carnet de conducir hoy mismo? – y puede ayudarnos a evitar multas. La pregunta que nos plantea la DGT es sencilla. Si vemos a una agente de policía o de la Guardia Civil circulando en moto, y portando una bandera verde, ¿que está indicándonos? ¿Sabrías cómo actuar al respecto?
El código de colores de las banderas de los agentes motorizados
Echa un ojo a la pregunta que lanza la DGT, y sin mirar la respuesta, piensa cuál es la opción más lógica.
#TestDGT Un agente circula en una moto portando una bandera verde; ¿qué indica?
A. La calzada está abierta pero hay que extremar la atención.
B. La calzada queda de nuevo abierta al tráfico tras su paso.
C. Se está desarrollando en la calzada una actividad deportiva. pic.twitter.com/QyBHzOoz9e— Dir. Gral. Tráfico (@DGTes) April 5, 2023
Esta pregunta es la clásica pregunta complicada de un examen teórico de conducción, la que te hace suspender si no has preparado el examen. La respuesta correcta es la segunda opción, la B. Esta señal visual, esta bandera de color verde, nos indica que la carretera vuelve a estar abierta al tráfico tras haber estado cerrada, y que podemos volver a circular. Un matiz importante a tener en cuenta es que no podemos adelantar al vehículo del agente que porta la bandera verde. La bandera verde es una de varias señales y órdenes visuales que los agentes de circulación nos pueden transmitir.
Están reguladas en el artículo 143 del Reglamento General de Circulación, y si hablamos exclusivamente de banderas, los agentes también podrían usar banderas de color amarillo y rojo. El tercer epígrafe de este artículo detalla el uso de banderas por parte de policía o Guardia Civil:
Sección 1.ª De las señales y órdenes de los agentes de circulación
Artículo 143. Señales con el brazo y otras.
…
3. Los agentes podrán dar órdenes o indicaciones a los usuarios mientras hacen uso de la señal V-1 que establece el Reglamento General de Vehículos, a través de la megafonía o por cualquier otro medio que pueda ser percibido claramente por aquéllos, entre los cuales están los siguientes:
a) Bandera roja: indica que a partir del paso del vehículo que la porta, la calzada queda temporalmente cerrada al tráfico de todos los vehículos y usuarios, excepto para aquellos que son acompañados o escoltados por los agentes de la autoridad responsable de la regulación, gestión y control del tráfico.
b) Bandera verde: indica que, a partir del paso del vehículo que la porta, la calzada queda de nuevo abierta al tráfico.
c) Bandera amarilla: indica al resto de los conductores y usuarios la necesidad de extremar la atención o la proximidad de un peligro. Esta bandera podrá ser también utilizada por el personal auxiliar habilitado que realice funciones de orden, control o seguridad durante el desarrollo de marchas ciclistas o de cualquiera otra actividad, deportiva o no, en las vías objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
¿Cuál es la multa si no hago caso a las señales de los agentes?
Además de señales con estas banderas, la autoridad puede dirigirse a nosotros usando señales luminosas, carteles informativos a bordo de un vehículo, así como haciendo uso de sus brazos en movimientos que en otro artículo te explicaremos. Igualmente, también pueden dirigirse a nosotros usando megafonía u otras formas de comunicación. Es obligatorio cumplir con las órdenes de la Guardia Civil o policía que se dirijan a nosotros. No hacerlo es una infracción tipificada como grave en el Reglamento de Circulación, y la sanción que acarrea es de 200 euros, acompañada de la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.