A día de hoy ya somos muchos los que llevamos en nuestro coche una luz de emergencia V-16, una solución de señalización de emergencia que ha sido avalada por la Dirección General de Tráfico y que será obligatoria, en sustitución de los triángulos. La decisión se tomó por tratarse teóricamente de una solución más segura para señalizar nuestro coche si sufrimos una avería o un accidente que, a diferencia de los triángulos de preseñalización, no requiere bajar del vehículo y caminar junto a la calzada para señalizar el vehículo.
Hoy se ha producido una novedad importante a este respecto. Y es que la Dirección General de Tráfico ha revisado, primero, las especificaciones técnicas de las luces de emergencia V-16, entre otras razones, por considerar que se debe permitir que las luces V-16 iluminen con mayor intensidad que las actuales. La segunda revisión implica que a partir de ahora solo se certificarán luces V-16 con geolocalización.
¿Qué sucederá con las luces V-16 que ya hemos comprado?
Se revisa la certificación de las luces V-16 de la DGT
Según el Real Decreto 1030/2022, publicado en el BOE hoy mismo, día 21 de diciembre de 2022, se revisan algunos apartados de la sección V-16 del Reglamento General de Vehículos, definiendo nuevas condiciones técnicas para las luces V-16.
La primera implica una revisión de la intensidad de la iluminación, para permitir a los dispositivos V-16 gozar de una iluminación mayor. El umbral inferior no se modifica, pero sí el superior, según reza en el Real Decreto por el hecho de que «el umbral de intensidad luminosa previsto en la misma es excesivamente reducido considerando las actuales capacidades técnicas»
El umbral superior en el grado 0 se amplía de 80 a 700 candelas efectivas y en los grados ±8 hasta 600 candelas efectivas. Así quedará redactado en el Reglamento General de Vehículos:
«b) Intensidad luminosa: la intensidad debe ser en el grado 0 entre 40 y 700 candelas efectivas, y en los grados ±8 entre 25 y 600 candelas efectivas. En ambos casos dicha intensidad de mantendrá durante al menos 30 minutos.
Se certificarán únicamente luces V-16 con geolocalización
La revisión también implicará otras novedades que detallamos a continuación:
- Las luces V-16 con geolocalización deberán establecer la fecha de caducidad de servicio (de la conexión de datos)
- No se permitirá que incluyan otras funciones que no sean la iluminación de emergencia, por ejemplo la de ser utilizadas como iluminación auxiliar, como una linterna
- Se revisarán los protocolos de ensayo y la verificación de certificados durante la producción
- Los servicios técnicos que certificarán las luces V-16 comunicarán los certificados a la DGT, convirtiéndose en el único enlace entre la DGT y el fabricante
- Se verificará la efectividad de la conectividad entre la luz de emergencia V-16 y la plataforma de vehículo conectado de la DGT
¿Qué hago con la luz V-16 que ya he comprado?
El Real Decreto apunta que hasta el 16 de marzo de 2021 se certificaban luces V-16 sin conectividad, ni geolocalización, y también añade que es «razonable y coherente que tan solo aquellos dispositivos V-16 capaces de proporcionar dicha conectividad obtengan la certificación». De manera que a partir de ahora solo se certificarán luces V-16 conectadas y con geolocalización.
En cualquier caso, el Real Decreto ha previsto también un «margen temporal», que no solo permitirá seguir utilizando las luces V-16 fabricadas hasta ahora, sino también todas aquellas que hayan sido certificadas. Lo que permitiría a los fabricantes liberar su stock de luces V-16 sin geolocalización, e incluso seguir fabricándolas hasta que finalicen los pedidos a fábrica y se agoten los componentes que emplean para fabricarlas.
Para los que ya hemos comprado una luz V-16 sin geolocalización, el Real Decreto añade que, si ha sido certificada antes de su publicación en el BOE, podremos seguir utilizándola hasta el 1 de enero de 2026. A partir de entonces será obligatorio llevar en el coche, y utilizar en caso de emergencia, una luz de preseñalización de peligro V-16 con funciones de conectividad y geolocalización, que haya sido certificada según las especificaciones técnicas que se establecen en este Real Decreto.