AEA (Automovilistas Europeos Asociados) ha comunicado su última victoria sobre la DGT concedida por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 22 de Madrid, quien dictaminó que Tráfico debe pagar una multa de 400 euros en concepto de costas al no contar con el obligatorio certificado que constate las óptimas condiciones del soporte de un radar situado al comienzo del Puerto de los Leones (Segovia), y que curiosamente de trata de uno de los más activos en España: en 2017 batió el récord con 55.119 denuncias y en 2016, con casi 54.911 denuncias, recaudó casi 2,6 millones de euros.
Tanto el cinemómetro como la cabina son objeto de control metrológico
Según consta en el comunicado de AEA, uno de sus socios recibió una multa de velocidad de 300 euros y la retirada de 2 puntos del carnet interpuesta por el mencionado radar, el cual se localiza exactamente en el km 59,2 de la N-VI. Tras iniciar sus servicios jurídicos los trámites de recurso y acudir a los tribunales, un juzgado de Madrid ha fallado en favor del automovilista en una sentencia donde se recoge que «el radar no constataba el correcto estado del soporte del mismo», y por tanto, se anula la susodicha sanción condenando a la DGT a pagar 400 € de costas.
Esta sentencia se basa en el artículo 12 de la Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, en el cual, cuando se habla de verificación periódica, no sólo se refiere a comprobar y confirmar que un cinemómetro en servicio mantiene sus características metrológicas, sino que también se ha de comprobar la integridad y orientación de la cabina donde se alberga ese cinemómetro, así como que sea capaz de soportar y mantener el instrumento en condiciones adecuadas para desempeñar su función.
Según se especifica en el mismo texto, el responsable de solicitar dicha verificación periódica es el titular del radar, en este caso la Dirección General de Tráfico, siendo de tipo anual para el cinemómetro y cada seis años para la cabina o soporte. Ese proceso de evaluación de la cabina consiste en tres puntos: comprobar el correcto ajuste del sensor o captador, así como su correcta alineación, realizar 30 mediciones en condiciones de tráfico real, y finalmente, precintar los soportes y etiquetarla.
Ahora bien, ¿cuántas de esas 50.000 multas anuales podemos considerar correctas? No sabemos qué va a ocurrir con ellas, pero para el conductor que lo desee se abre la puerta a interponer el consiguiente recurso.
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