Cuando éramos pequeños y cometíamos alguna fechoría, nuestra madre o nuestro padre nos imponían un castigo. El mismo método emplea la Dirección General de Tráfico con los conductores que no respetan la norma: en función de la gravedad de la falta cometida, la multa será leve, grave o muy grave. Hablamos de cifras máximas de 500 euros y pérdidas de hasta seis puntos en el carnet de conducir. Eso sí, esto no quiere decir que no existan castigos mayores: la DGT puede ponerte multas de hasta 20.000 euros si cometes estas dos infracciones.
Manipular la señalización
Las señales de la carretera son uno de los canales empleados para informar a los conductores de las condiciones de la vía y, sobre todo, de las normas imperantes en cada tramo: límites de velocidad, adelantamientos, prioridad de paso… La retirada, ocultación, alteración o deterioro de las señales permanentes o temporales presentes en la carretera acarrea multas que van desde los 3.000 hasta los 20.000 euros.
Daños en la vía
La misma cantidad recibirán aquellos usuarios que hagan obras en la vía sin la pertinente autorización, provoquen daños en la infraestructura de la vía o alteraciones a la circulación debido “a la masa o a las dimensiones del vehículo cuando se carezca de la correspondiente autorización administrativa o se hayan incumplido las condiciones de la misma con independencia de la obligación de la reparación del daño causado”. En este caso concreto el castigo se podría completar con pena de cárcel si el conductor, además, pone el peligro la seguridad vial del resto de los usuarios de la vía.
De 3.000 a 6.000 euros
Estas dos infracciones son las que llevan aparejadas mayores multas económicas, pero no son las únicas que rebasan la barrera de los 500 euros asociada a las ilegalidades muy graves. La presencia de un inhibidor de radares en el coche (aunque no lo estés empleando) está castigada con una multa de hasta 6.000 euros a los que hay que sumar la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir. Si, además, identifican al taller responsable de su instalación, la sanción se elevará hasta los 30.000 euros para el citado establecimiento.
Por otro lado, circular sin el seguro obligatorio conlleva sanciones que oscilan entre los 601 y los 3.005 euros dependiendo del tipo de vehículo y del tipo de permiso exigido para conducirlo.
Hasta 1.000 euros
En la franja más baja nos topamos con las sanciones relacionadas con el consumo de alcohol y drogas al volante. En este último caso hablamos de un castigo de 1.000 euros y seis puntos menos en el permiso de conducir.
Superar el límite legal de alcohol (0,25 mg/l en aire espirado y 0,15 mg/l para conductores noveles y profesionales) es una sanción grave castigada con 500 euros más la correspondiente pérdida de puntos. No obstante, las cosas cambian cuando se rebasan otros límites: si el nivel de alcoholemia está por encima de 0,50 mg/l hablamos de una cifra de 1.000 euros mientras que si el conductor arroja un resultado más alto de 0,60 mg/l la infracción se convierte en un delito tipificado en el Código Penal.
Y, por último, si un conductor se niega a realizar el control de alcoholemia o de drogas tendrá que asumir una multa de 1.000 euros que puede complementarse con la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años y penas de prisión de seis meses a un año.