Las luces de tu coche (delanteras y traseras) juegan un papel fundamental en vuestra seguridad activa: gracias a ellas vemos, pero también nos hacemos (más) visibles para el resto de vehículos que están presentes en la carretera. Razón por la que las luces diurnas son obligatorias desde hace más de una década, pero ¿qué pasa con las de cruce? ¿Te pueden multar por no llevarlas de día? La DGT zanja el debate.
A diario nos cruzamos con vehículos que llevan las luces diurnas activadas: se encienden, automáticamente, cuando arrancamos el coche y desde febrero de 2011, en Europa, todos los modelos nuevos deben estar equipados, de serie, con ellas. El objetivo, como apuntábamos antes, es ver y, al mismo tiempo, ser vistos por los demás.
Coches sin luces diurnas
La pregunta es inevitable: ¿qué pasa con todos esos vehículos que salieron al mercado antes de 2011 y, por lo tanto, no disponen de luces diurnas? Y la respuesta es sencilla: nada. La Dirección General de Tráfico aconseja utilizar las de cruce, pero no puede multarnos si, durante el día, no las llevamos puestas. Es la situación que viven, a diario, la mayoría de los coches que circulan por nuestras calles y carreteras: la norma entró en vigor hace once años y la edad media del parque automovilístico español es de 13,49 años.
Tres casos
No obstante, hay tres escenarios en los que estamos obligados a poner las luces de cruce, aunque sea de día. Están recogidos en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y son los siguientes:
- En túneles y demás tramos de vía afectados por la señal túnel, a cualquier hora del día.
- En carriles reversibles y otros habilitados para circular en sentido contrario, también a cualquier hora del día.
- Cuando las condiciones meteorológicas o ambientales (lluvia, niebla, nieve, polvo, humo…) disminuyan sensiblemente la visibilidad.
Incumplir esta premisa se puede traducir en una multa de 200 euros. La misma sanción que recibirán aquellos conductores que circulen sin luces en condiciones de baja luminosidad y los que usen las antiniebla sin que las condiciones climáticas obliguen a ello porque, en este caso, provoca un deslumbramiento al resto de usuarios.
Cabe recordar, por otro lado, que, aunque ya no es obligatorio llevar luces de repuesto, circular con una de ellas fundida supone una sanción de 200 euros. Y las ráfagas continuadas se consideran una infracción leve, castigada con una multa de 80 euros.
El consejo de la DGT
La DGT, explicábamos antes, recomienda utilizar las luces de cruce (o las diurnas) en todos nuestros trayectos. Un consejo fundamentando en el estudio que el Departamento de Seguridad Pasiva del IDIADA realizó hace unos años para Tráfico. En él se demostró que, incluso en el escenario con la mejor visibilidad (al mediodía, en una carretera mixta, rodeada de vegetación y cielo a partes iguales), un coche con las luces encendidas se detecta cien metros antes que uno negro y sin ellas.
Lo mismo sucede cuando las condiciones son peores: un vehículo con las luces encendidas se ve a 240 metros, mientras que uno gris sin ellas se percibe a cien metros, uno blanco a noventa y uno negro a treinta. A pesar de ello, sorprenden los datos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo: en 2020, más de 3,7 millones de vehículos que no superaron la ITV a la primera y el defecto grave más frecuente (un 26% del total) estaba relacionado con el alumbrado y la señalización.