En España, según datos de la Fundación Mapfre, alrededor de 1,2 millones de personas se mueven, cada día, en bicicleta eléctrica o en patinete: en 2020, la demanda de éstos aumentó un 142%, tal y como apunta la consultora GFK. Sí, cada vez más usuarios apuestan por este medio de transporte para moverse por la ciudad. Tanto es así que la Ley de Tráfico vigila a los patinetes eléctricos con multas de hasta 1.000 euros.
Cuando el escenario urbano el perfil de los patinetes eléctricos se convirtió en un actor habitual, la Dirección General de Tráfico (DGT) tuvo que cambiar las normas… por el bien de sus conductores, pero también por el resto de usuarios de la vía.
El primer paso fue catalogarlos como vehículos con el objetivo de establecer una serie de obligaciones y derechos. El segundo (todavía en marcha) consiste en elaborar un marco regulatorio para estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) que, de momento, no para de crecer: la Ley de Tráfico también tiene hueco para ellos. Estas son las normas que regulan su circulación y las multas de hasta 1.000 euros que castigan su incumplimiento.
Multas de 100 euros
Desde que la ley los catalogó como vehículos, en los patinetes eléctricos sólo puede circular una persona: si el conductor lleva a un pasajero consigo, tendrá que enfrentarse a la sanción más leve para estos VMP, que es de 100 euros.
Multas de 200 euros
La nueva Ley de Tráfico establece la prohibición de circular a bordo de un Vehículo de Movilidad Personal por las zonas peatonales, donde la prioridad pertenece exclusivamente a quienes van a pie: sí, las aceras entran dentro de este supuesto. Una acción regulada, también, en el Artículo 121 del Reglamento General de Circulación. Incumplir esta norma supone una multa de 200 euros.
Desde el 21 de marzo de 2022, todos los usuarios de patinetes eléctricos deben circular obligatoriamente con casco en las ciudades donde las ordenanzas municipales así lo estipulen: no hacerlo implicará una sanción de 200 euros y la inmovilización del vehículo. Llevar un teléfono móvil entre este sistema de protección y la cabeza implica una pérdida de tres puntos en el carnet de conducir que en este caso, sin embargo, no es aplicable porque no es necesario un permiso para estos vehículos.
Los conductores de VMP tienen que ir equipados con prendas o elementos reflectantes cuando circulen por la noche: algo a lo que deben sumar el correspondiente alumbrado del vehículo. Incumplir esta norma se traduce en una multa de 200 euros ya que se considera conducción negligente.
La misma sanción recibirán todos aquellos que circulen a bordo de un patinete eléctrico manipulando un teléfono móvil o cualquier otro sistema de comunicación. Algo que extensible al uso de auriculares o cascos conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
Multas de 500 a 1.000 euros
Las sanciones más elevadas están relacionadas con el consumo de alcohol y drogas, pero antes de analizarlas cabe recordar que los menores de edad que circulen en bicicletas o patinetes eléctricos, ciclomotores o cuadriciclos ligeros deberán respetar, obligatoriamente, la tasa cero de alcohol.
El resto de usuarios serán sancionados con las mismas multas que cualquier otro conductor que supere los límites de consumo de alcohol establecidos por ley: de 500 o 1.000 euros en función del nivel y 1.000 euros en caso de detectar presencia de drogas en el organismo. En cualquier caso, el vehículo será inmovilizado y si se niega a realizar las pruebas recibirá una sanción administrativa.
Estrategia de Seguridad Vial 2030
La Dirección General de Tráfico y el Ministerio de Interior han dado forma al plan que España seguirá en materia de seguridad vial a lo largo de los próximos años. Aunque el plan estratégico está formado por 62 líneas de actuación divididas en nueve áreas, el objetivo es implantarlo de manera progresiva. Los planes, por lo tanto, se desarrollarán bianualmente.
El primero arrancará en 2022-2023 con los Vehículos de Movilidad Personal como protagonistas: aquí están incluidos, por supuesto, los patinetes eléctricos. Serán tres frentes los que se pongan en marcha. Con la culminación del primero, será obligatorio tener un seguro para poder circular a bordo de estos medios de transporte: un requisito que ya es necesario cuando se utiliza un patinete (o cualquier VMP) de alquiler, aunque su contratación corre a cargo de la empresa titular.
El segundo punto consistirá en fijar una edad mínima para usar los patinetes eléctricos y el tercero establecerá la obligatoriedad de llevar casco y otros equipamientos. El Artículo 47 de la Ley de Tráfico 2022 establece esta orden “en los términos que reglamentariamente se determine”, es decir, lo deja en manos de las ordenanzas municipales: algo que cambiará convirtiendo este elemento de protección en algo necesario para todos los usuarios.