Uno de los temas que más ha dado de qué hablar el año pasado ha sido el de la reducción de los límites de velocidad, tanto en ciudad, como en carretera. Centrándonos en esta ocasión en los límites de velocidad en carretera, el pasado año se confirmaba que en 2019 entrarían en vigor los nuevos límites de velocidad a 90 km/h en todas las carreteras convencionales. Y aunque esta medida se esperaba entrara en vigor con el año nuevo, finalmente se retrasará a finales de enero.
¿Por qué se reducen los límites de velocidad a 90 km/h?
Aunque, en la práctica, se trate de una reducción con respecto a los 100 km/h actuales, la Dirección General de Tráfico defiende la medida por dos razones. La primera razón es la de armonizar los límites de velocidad en todas las carreteras convencionales, independientemente de la anchura de la plataforma y el factor que hasta ahora hacía que en algunas vías el límite fuera de 100 km/h, o de 90 km/h, que contara con un arcén practicable de al menos 1,5 metros, o no.
Ahora todas las carreteras convencionales tendrán un límite máximo de velocidad de 90 km/h salvo que, obviamente, existan otros límites de velocidad inferiores en la vía.
La segunda razón que aportaba la Dirección General de Tráfico es apoyar el objetivo de reducción de la siniestralidad. En las carreteras convencionales se producen alrededor del 75% de los accidentes con víctimas de las cuales, y según Tráfico, un 20% fueron consecuencia de una velocidad inadecuada.
De esta forma, tanto los turismos, motocicletas, autocaravanas de masa máxima autorizada igual o inferior a 3.500 kilogramos y pick-ups, como los autobuses, vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables, tendrán su velocidad máxima limitada a 90 km/h.
Decíamos que inicialmente estaba previsto que los nuevos límites entrasen en vigor a comienzos de este año. Pero finalmente la medida se ha retrasado a finales de enero. La reforma de los límites de velocidad se llevó a cabo el 28 de diciembre, y se introdujo en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre. Dado que en el Real Decreto se concluyó que los nuevos límites de velocidad entrarían en vigor al mes de su publicación en el BOE, la entrada en vigor del nuevo límite de velocidad a 90 km/h en carreteras convencionales se producirá el 29 de enero.