Madrid Central vuelve a escena después de que el Tribunal Supremo haya suspendido la zona de bajas emisiones que la capital inauguró en noviembre de 2018. La decisión judicial deja en el aire las restricciones de circulación que pesaban sobre los coches más contaminantes y aunque desde el consistorio local insisten que las normas (y las sanciones) siguen vigentes, son inevitables las preguntas sobre la anulación de Madrid Central: ¿qué pasa con las multas? ¿Se puede circular libremente?
Antes de responder, vamos a ponernos al día. El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación que Ecologistas en Acción presentó contra la sentencia que anulaba Madrid Central. Lo ha hecho dando por buenos los motivos esgrimidos por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que, en su momento, declaró nulo el Artículo 23 de la ordenanza que daba forma a esta zona de bajas emisiones.
¿Por qué? Consideraba que no se había tramitado correctamente debido a que la memoria económica era insuficiente: no tenía en cuenta el impacto de 11,7 millones de euros que, según las estimaciones, tendría sobre las cuentas del ayuntamiento madrileño durante siete años. Así las cosas, el Tribunal Supremo deja en el aire Madrid Central y todas las preguntas que han surgido tras su decisión.
¿Qué pasa con las multas de Madrid Central?
Las dudas sobre las sanciones impuestas por no respetar las restricciones de circulación son las más numerosas. Todos aquellos coches sin etiqueta que no eran residentes y los vehículos con la pegatina B o C de la DGT que entraban y no aparcaban en un parking eran penados con un castigo económico de 90 euros (45 por pronto pago). Hasta ahora, el Ayuntamiento ha puesto 1.393.000 multas que se traducen en 125 millones de euros o en 62 por pronto pago.
¿Qué pasa ahora con esos expedientes y, sobre todo, con lo pagado por los infractores? Son dos los escenarios posibles. En el primero de ellos, todas las sanciones decaerían porque Madrid Central ha dejado de tener sustento normativo ya que las sentencias son firmes. Por lo tanto, el consistorio local tendría que devolver las cantidades abonadas y anular aquellas multas que estén pendientes de cobro.
No obstante, el gobierno local tiene una segunda opción. Dispone de un plazo de dos meses para reformar la ordenanza del nuevo Madrid Central, que pasaría a llamarse Madrid 360, y aprobarla sin defectos de forma. Si este proceso se lleva a cabo antes de que la sentencia sea firme las sanciones no se suspenderían y tampoco se devolvería las citadas cantidades.
¿Se puede circular libremente por Madrid Central?
Tanto el alcalde como la vicealcaldesa se han pronunciado al respecto. José Luis Martínez-Almeida ha asegurado que “mientras la sentencia no sea firme, Madrid Central sigue en vigor. No podemos hacer nada al respecto. En el caso de que alguno circule sin los supuestos previstos, el ayuntamiento tramitaría la multa correspondiente”. Por el mismo camino ha ido Begoña Villacís, que ha recomendado a los conductores que sigan circulando como si las limitaciones en la zona de bajas emisiones siguieran vigentes porque el consistorio local aún no puede hablar “con garantías”.
Madrid 360: el nuevo Madrid Central
Y hora, ¿qué pasa con el centro de Madrid? Como decíamos antes y aunque el único recurso de casación ya ha sido rechazado, el Ayuntamiento tiene dos meses para ejecutar la sentencia. Un período en el que, según han manifestado los dirigentes de la ciudad, las medidas seguirán vigentes.
Para controlar su correcto cumplimiento las cámaras seguirán funcionando y, además, cuentan con la posibilidad de peatonalizar zonas concretas para reducir el tráfico hasta que den luz verde al nuevo plan: Madrid 360, una iniciativa con la que pretenden extender Madrid Central a todos los barrios.
El consistorio local ya está trabajando para acelerar los plazos y que entre en vigor cuanto antes. El objetivo era aprobar la ordenanza municipal a partir de julio, pero, ahora, el tiempo apremia por dos razones. La primera de ellas es que el centro de Madrid puede convertirse en una zona sin ley y la segunda es Europa.
La multa de la Comisión Europea
En 2015, Bruselas abrió un expediente a España por incumplir las directivas comunitarias en lo que a contaminación se refiere. Tres años después, en 2018, el proceso quedó pausado coincidiendo con la llegada de Madrid Central: esto evitó una multa que, según el proceso sancionador del ejecutivo europeo, podría ser de 6,8 millones de euros… como mínimo.
Sin embargo, en los últimos años ha pasado por diferentes estados. Cuando el ayuntamiento madrileño intentó eliminar las multas de Madrid Central fue reactivado y en julio de 2019 la Comisión Europea quiso llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la UE por no cumplir la directiva de calidad del aire desde 2010. Un movimiento que, según fuentes comunitarias, estuvo impulsado por el empeño de revertir esta zona de bajas emisiones.