La presión sobre los coches más contaminantes es cada vez mayor. De ahí que la legislación se esté adaptando, tanto a nivel nacional, como autonómico y local, para perseguir a aquellos vehículos cuyas emisiones sean excesivas. La vigilancia de los automóviles se sitúa también en el centro de la nueva Ordenanza de Calidad del aire y Sostenibilidad que prepara Madrid y que, sin lugar a dudas, puede servirnos de ejemplo a la hora de imaginar cómo van a evolucionar las correspondientes ordenanzas en otros municipios españoles. Madrid podrá inmovilizar tu coche por sus malos humos, aún habiendo superado la ITV. Ahora bien, ¿cuándo se aplicará esta media? ¿en qué consistirá el procedimiento de inmovilización?
Inmovilizar tu coche por sus malos humos, aún con ITV
Madrid plantea un procedimiento de inmovilización de automóviles que «superen los niveles máximos permitidos de emisión de gases y humos», especialmente si se «han activado las medidas de actuación en episodios de contaminación». Los agentes de tráfico de la policía local madrileña vigilarán las emisiones de los vehículos, disponiendo del instrumental adecuado a tal efecto. Y en aquellos casos en los que un automóvil supere los umbrales legales, o incluso cuando «los humos emitidos puedan dificultar la visibilidad a otros conductores», los agentes procederán a la inmovilización del automóvil.
Recordemos que el Reglamento General de Circulación ya tiene prevista la inmovilización de un automóvil si este supera los niveles de emisiones permitidos. La medida madrileña, por lo tanto, no es nueva, ni inédita. La novedad reside en el procedimiento y en que esta medida se incluya en la nueva Ordenanza de Calidad del aire y Sostenibilidad.
¿Cómo procederán a la inmovilización de un coche?
Como os decíamos, los agentes de tráfico de la capital dispondrán de sistemas que constaten las emisiones excesivas de un automóvil, similares a los empleados en las pruebas de opacidad de las inspecciones técnicas. Entendemos que estas pruebas se realizarán en controles aleatorios, cuando el humo emitido por un automóvil resulte excesivo, o incluso empleando medios automatizados.
El procedimiento de inmovilización del coche no implicará sanción, una multa para el conductor o el propietario del automóvil, pero sí su traslado hasta dependencias municipales, hasta el depósito de vehículos. Tras su traslado al depósito de vehículos el conductor únicamente podrá recuperar su automóvil tras haber firmado un documento en el que se compromete a reparar el vehículo, para solucionar su problema de emisiones y tras abonar las tasas municipales aplicables a la inmovilización, retirada y depósito del vehículo, que no son precisamente modestas.
¿Cuándo se aplicarán estas medidas?
Si bien es cierto la medida aún no ha sido aprobada, José Luis Martínez-Almeida, alcalde de Madrid, confirmaba estos días que se elevará al Pleno el texto definitivo de la nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad. Con lo cual es previsible que esta sea aprobada en marzo.
La inmovilización de coches por sus malos humos no es la única medida que introducirá esta ordenanza y que afecta a los automóviles y los conductores. Se introducirá la obligatoriedad de instalar un punto de recarga de coches eléctricos por cada 40 plazas de estacionamiento en aparcamientos de edificios no residenciales con más de 20 plazas.
También se introducirán otras medidas que no afectan directamente a la automoción, como la eliminación de las calderas de carbón a partir del 1 de enero de 2022, o la exigencia de un análisis de impacto medioambiental en eventos de más de 5.000 asistentes.
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