El uso de las llamadas dash cams o cámaras para vigilar el tráfico está cada vez más extendido, pues resultan ser muy útiles en caso de cualquier litigio judicial, con nuestra aseguradora para dirimir la responsabilidad en un accidente o recurrir una multa de tráfico. No obstante, su uso puede rozar lo ilegal, y es que según informa El País, un vecino de Toledo ha sido multado don 1.500 € por ello.
Las dash cams vulnerarían la privacidad según la AEPD
Como decíamos, el uso de estos dispositivos ha crecido como la espuma, encontrándonos anuncios de los mismos en casi todos los lugares, y parte de esa popularización se debe a los típicos vídeos virales que podemos ver en YouTube con accidentes sumamente curiosos, y que normalmente tienen lugar en una misma ubicación: Rusia. Esto es así porque en las carreteras y ciudades del país soviético hay una alta tasa de siniestralidad, y las aseguradoras, o bien obligan a contar con ellas, o bien realizan un importante descuento en la prima del seguro.
Vista su utilidad en las redes, la popularidad de las mismas ha crecido como la espuma, ya que proporcionan un prueba irrefutable ante cualquier accidente de tráfico, como por ejemplo ver quién se ha saltado la obligación de ceder el paso o si ha invadido nuestro carril, o para recurrir una multa de tráfico injusta, ya que partimos «con desventaja» al contar el agente de la autoridad con presunción de veracidad. Incluso, si estas cámaras vigilan mientras tenemos nuestro coche aparcado podríamos localizar a quién nos dio un golpe estando estacionados. De hecho, Tesla ya emplea esta tecnología con el denominado Sentinel Mode.
Sin embargo, el problema se da por el hecho de que estamos grabando la vía pública, y a todos los que transitan por ella sin su consentimiento, de forma oculta (no queda patente que estás tomando imágenes como cuando usas tu gigantesco smartphone o cámara réflex) y sin ningún cartel que alerte de ello, quedando además un poco difusa la línea que lo separa entre las grabaciones de ámbito privado y las de videovigilancia.
Pero eso no es todo, ya que con el Código de Circulación también nos podríamos enfrentar a otras dos sanciones más por incumplir el punto segundo del artículo número 11, en el que básicamente dice que el conductor es responsable de que ningún elemento le dificulte la movilidad ni le reste visibilidad, así como de mantener la atención en la conducción. Por tanto, si esta cámara reduce el campo de visión nos enfrentaríamos a una multa de 100 €, y en caso de manipularla en marcha a una sanción de 200 € y la retira de 3 puntos, pero que podría llegar hasta los 500 € y 6 puntos con la inminente reforma del reglamento.
¿Por qué han multado a este conductor con 1.500 €?
Según podemos leer en El País, una patrulla de la Guardia Civil se percató que un conductor tenía una cámara 360 grados en la bandeja del maletero, en concreto una Xiaomi MI Home Security, la cual es cierto que se trata más de una cámara de videovigilancia doméstica que de una dash cam por apariencia, pero que a la postre su función es la misma. Así pues, tras levantar el correspondiente atestado y remitirlo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), esta interpuso una sanción de 1.500 € por contar con «un sistema de videovigilancia en el interior de su automóvil orientado hacia el espacio público sin causa justificada», argumentando además que el «control del tráfico y el espacio público es una competencia exclusiva de las fuerzas policiales y, aunque reconoce el derecho de cualquier persona a captar imágenes en la calle, entiende que hacerlo de forma continuada vulnera el derecho a la intimidad de los viandantes.»
Fuente: El País