Fue hace unos meses cuando las mascotas pasaron, de manera jurídica, a ser un miembro más de la familia. La DGT no quiere ser menos a la hora de actuar contra aquellos que no tratan de tal manera a sus animales de compañía, y es por ello que plantea una dura dualidad a la hora de viajar con ellos en el coche: ¿200 euros de multa o proteger debidamente a tu mascota a bordo?
Y es que esta es la sanción que la Dirección General de Tráfico impone a aquellos conductores irresponsables que no tienen en cuenta los peligros de llevar a un perro, gato o cualquier otro animal sujeto correctamente. ¿Por qué? Primero por los riesgos que este puede sufrir, y segundo porque en caso de accidente pueden formar parte del conocido efecto elefante y causar trascendentes problemas a los demás ocupantes del vehículo.
La dura multa de la DGT por no llevar correctamente a tu mascota en el coche
Y es que el efecto elefante tiene lugar cuando, por no llevar colocados correctamente objetos, animales o personas que no utilicen adecuadamente los sistemas de retención, se produce una fuerte deceleración por frenada de emergencia o accidente. Esta provoca un violento vaivén y la aceleración de los mismos, pudiendo impactar contra partes del coche, salir despedidos por la ventanilla o chocar contra otros ocupantes y sufrir graves lesiones.
Para evitarlo, debemos llevar sujeto correctamente a nuestro animal de compañía. En caso de que se trate de un gato o un perro de pequeño tamaño, la mejor opción es recurrir a un transportín homologado. El lugar más seguro para colocarlo es justo en el suelo, entre los asientos delanteros y traseros. No obstante, también existen arneses de sujeción que se pueden abrochar en el anclaje del cinturón o directamente en el asiento.
Si se trata de un perro de gran tamaño, la mejor opción es llevarlo sujeto en el maletero con su correspondiente arnés. Además, es altamente recomendable recurrir a una red de separación no solo con los asientos, sino también con la zona de carga. Esto evitará que el animal choque contra bolsas o maletas en caso de accidente y que esté más protegido.
Y es que de lo contrario estamos atentando ya no solo ante la vida de nuestro animal de compañía, sino también de los demás ocupantes del vehículo. Y la ley es muy tajante al respecto tal y como reza el artículo 18 del Reglamento General de Circulación, cuyo primer apartado reza de la siguiente manera:
“El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”
De no cumplir con la ley estaremos llevando a cabo una infracción de carácter grave. Y es que si un agente de la ley es testigo de ello, no nos enfrentaremos a una pérdida de puntos, pero sí a una sanción de 200 euros por no transportar debidamente a nuestra mascota en el coche.