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La recomendación de la DGT será legal: las bicicletas tendrán que circular por el centro del carril

La nueva Ley de Tráfico va más allá de las grandes medidas sobre las que os hemos informado hasta el momento. El 16 de noviembre, la Comisión Interior del Senado dio luz verde a un primer texto que está siendo revisado después de las enmiendas recibidas. Propuestas entre las que figuran algunas enfocadas, específicamente, a la seguridad de los usuarios más vulnerables de la vía. Entre ellas se encuentra la norma que hará legal la recomendación de la DGT: los ciclistas podrán circular por el centro del carril en las ciudades.

La bicicleta es un medio de transporte que siempre ha estado presente en las ciudades, pero de un tiempo a esta parte ha protagonizado un auge considerable. La Dirección General de Tráfico, consciente de ello, no sólo ha incluido medidas en la nueva ley para mejorar su seguridad sino que está preparando el terreno para la reforma que tiene prevista aplicar al Reglamento General de Circulación en 2022.

Bicicleta Carril Central 01

La recomendación y la norma

Hasta ahora, la DGT recomendaba a los ciclistas circular por el centro del carril cuando se movían por la ciudad. Un consejo que buscaba evitar el peligro que entraña el lateral derecho de la calzada… y que entraba en conflicto con la actual normativa, que no da a las bicicletas la posibilidad de ocupar el centro de la vía. Así lo recoge el Artículo 15 de la Ley sobre Tráfico:

Sentido de la circulación. Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías objeto de esta ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, manteniendo la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

Bicicleta Carril Central 05

El nuevo Artículo 15

Hasta ahora esta medida sólo estaba incluida en algunas ordenanzas municipales, pero cuando entre en vigor la nueva Ley de Tráfico también figurará en este texto. Lo hará gracias a la enmienda número 77 presentada por el Grupo Parlamentario Socialista (GPS) que modifica el texto anterior. Entienden que si se conserva la vigente redacción, no se podría introducir el cambio en la circulación urbana de las bicicletas en esa futura reforma del RGC de la que os hablábamos antes. Así quedará el nuevo Artículo 15.

Sentido de la circulación. Como norma general y muy especialmente en las curvas y cambios de rasante de reducida visibilidad, el vehículo circulará en todas las vías objeto de esta ley por la derecha y lo más cerca posible del borde de la calzada, con las excepciones que reglamentariamente se determinen, manteniendo en todo caso la separación lateral suficiente para realizar el cruce con seguridad.

Bicicleta Carril Central 05

La diferencia reside en esta frase: “Con las excepciones que reglamentariamente se determinen”. La inclusión de estas siete palabras en el proyecto de Ley posibilita que, en una próxima modificación del Reglamento General de Circulación en materia de protección de usuarios vulnerables, se permita a los ciclistas, por motivos de seguridad, circular por el centro del carril en las vías urbanas.

¿Cuándo entrará en vigor?

Tras la revisión del texto de la nueva Ley de Tráfico para tener en cuenta las diferentes enmiendas, la Cámara Alta de las Cortes lo devolverá al Congreso de los Diputados. Allí será la Comisión de Interior la encargada de ratificarlo para, a continuación, publicarlo en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Si todo va según lo previsto, su entrada en vigor se debería producir un día después… pero todavía no hay una fecha concreta. Todo dependerá de cuanto tarde el actual examen que tiene lugar en el Senado: no obstante, la fecha límite es el 15 de diciembre.

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Elena Sanz Bartolomé

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