Después de un eterno viaje de ida y vuelta entre el Congreso de los Diputados y el Senado, la nueva Ley de Tráfico ha llegado a la meta. O lo que es lo mismo: ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado este martes 21 de diciembre. Aunque todavía están trabajando el documento consolidado, ya está disponible el texto refundido de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Recordamos qué entra en vigor de forma inmediata y qué normas son las que la DGT acaba de aprobar.
La nueva Ley de Tráfico (contenida en BOE-A-2015-11722 Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre) entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE aunque hay una serie de modificaciones que comenzarán a aplicarse de forma inmediata. Los cambios que se han llevado a cabo en los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y los anexos V, VI y VII estarán vigentes el 22 de diciembre de 2021.
¿Qué entra en vigor ahora?
La mayoría de ellas (artículos 98, 99, 100, 101 y anexos V, VI y VII) son cuestiones administrativas relacionadas con el intercambio transfronterizo de información sobre las infracciones de tráfico o los datos de búsqueda a los que podrán acceder los órganos competentes españoles, No obstante sí hay dos puntos que afectan a conductores y ciclistas.
- Todos los conductores deberán estar, en todo momento, en condiciones de controlar su vehículo.
- Circular en bicicleta sin el alumbrado reglamentario o hacerlo sin elementos y prendas reflectantes será considerado una infracción leve, según el Artículo 75. De igual manera, será leve el incumplimiento de todas las normas que no se califiquen expresamente como infracciones graves o muy graves en el resto de artículos.
El resto: marzo de 2021
Todo lo demás entrará en vigor dentro de tres meses, es decir, el 21 de marzo de 2022: ¿qué es todo lo demás? Los diferentes cambios normativos que os hemos ido explicando en los últimos meses: desde la desaparición del margen extra de 20 km/h para adelantar hasta el endurecimiento de algunas sanciones pasando por las normas concretas para regular la circulación de patinetes eléctricos y demás vehículos de movilidad personal. Recordamos todas las nuevas normas de tráfico que la DGT acaba de aprobar.
Adiós al margen de 20 km/h
Es, probablemente, la medida que más ríos de tinta ha generado. A partir del 21 de marzo de 2022, desaparecerá el margen de 20 km/h que nos permitía superar el máximo de la vía para adelantar en carreteras convencionales a un vehículo que circulaba por debajo del límite. Una reforma que la DGT ha justificado en el riesgo de colisión frontal de esta maniobra y en la adecuación de los límites a los establecidos en la Unión Europea.
Sujetar el móvil con la mano
En marzo de 2022, los conductores que sujeten el teléfono móvil con la mano aunque no lo estén empleando serán sancionados. Un castigo que, además, se endurece: supondrá la resta de seis puntos en el carnet de conducir además de la multa de 200 euros.
Sistemas de seguridad
No usar o hacer un uso incorrecto de los sistemas de seguridad implicará la pérdida de cuatro puntos en el permiso. En esos sistemas está incluido el cinturón, las sillas infantiles y el casco en el caso de los motoristas y sus acompañantes.
Detector de radares
Hasta ahora estaba sancionado su uso, a partir del próximo mes de marzo también será objeto de multa su presencia en un vehículo aunque no se esté usando: tres puntos y 200 euros.
Ciclistas: adelantamientos y circulación en ciudad
Adelantar a los ciclistas tendrá nuevas normas: en vías con varios carriles por sentido será obligatorio ocupar el adyacente por completo. A esto hay que añadir que no respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros al adelantar ciclistas supondrá una sanción seis puntos: una matización que se ha llevado a cabo pensando en la nueva reforma que tendrá lugar en 2022.
Por otro lado, han eliminado incompatibilidades existentes en el texto anterior para poder permitir que las bicicletas circulen por el centro del carril en las ciudades.
Patinetes y otros Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
Los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) tendrán que llevar casco obligatoriamente y su circulación por las aceras estará prohibida: medidas adoptadas pensando en las ordenanzas municipales que ya regulan su uso y en la reforma de 2022.
Los menores, por su parte, no podrán circular con estos vehículos (ni con bicicletas, ciclomotores, o microcoches) con una tasa de alcohol en sangre superior a los cero gramos por litro de alcohol en aire espirado superior a los cero miligramos por litro.
Autoescuelas digitales
La ley elimina la posibilidad de crear autoescuelas digitales y añade una nueva disposición adicional que establece lo siguiente: para sacarse el carnet de conducir se podrán instaurar cursos de concienciación y sensibilización. Éstos se podrán realizar online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual.
Medio ambiente
Para, una vez más, dar amparo a las actuales ordenanzas municipales se habilitarán nuevas sanciones que castigarán el “daño medioambiental” que pueden causar los vehículos. Un ejemplo de ello son las multas destinadas a aquellos coches que no apagan el motor durante una parada prolongada. Además, arrojar objetos a la vía que puedan provocar incendios o accidentes a otros usuarios restará seis puntos en lugar de cuatro.