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La Ley de Tráfico entra en vigor: estas son las nuevas multas que debes tener en tu radar

El texto refundido de la nueva Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 21 de diciembre de 2021. En aquel momento entraron en vigor los cambios aplicados a los artículos 75, 98, 99, 100, 101 y los anexos V, VI y VII, pero para el resto ha habido que esperar tres meses. Las modificaciones más importantes tienen vigencia a partir de hoy, 21 de marzo, y con ellas llegan sus correspondientes sanciones: estas son las nuevas multas que debes tener en tu radar.

A grandes rasgos, los principales cambios que tenemos que tener en cuenta es la llegada de sanciones relacionadas, por ejemplo, con el uso de los sistemas de seguridad o del teléfono, las normas que se estrenan y lo que desaparece como el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales. Analizamos la Ley de Tráfico para dar forma a esta guía práctica sobre las nuevas multas de tráfico.

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Adelantar en carreteras convencionales

A partir del 21 de marzo de 2021 se elimina el margen que permitía superar en 20km/h la velocidad máxima permitida en carreteras convencionales a la hora de adelantar a otros vehículos. Rebasar esa barrera se traducirá en una multa que dependerá del número de kilómetros/hora que nos hayamos pasado.

Teléfono móvil: 200 euros + 6 puntos

No sólo se castiga su uso al volante, también el mero hecho de sujetar estos dispositivos con la mano: perderá 6 puntos en el carnet de conducir y tendrás que hacer frente a una multa de 200 euros.

Sistema de seguridad: 200 euros + 4 puntos

No llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco (tanto el conductor como su acompañante) y no usar los correspondientes sistemas de retención infantil estará penado con la pérdida de cuatro puntos. La multa económica será de 200 euros.

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Detector de radares: 200 euros + 3 puntos

Hasta ahora estaba sancionado su uso, con la nueva Ley de Tráfico también será objeto de multa su presencia en un vehículo aunque no se esté usando. La sanción será de 3 puntos y 200 euros.

Ciclistas: 200 euros + 6 puntos

A partir del 21 de marzo no respetar la distancia mínima de 1,5 metros para adelantar a los ciclistas estará sancionado con la retirada de seis puntos; la multa de 200 euros se mantiene. Hay que tener en cuenta, además, que será obligatorio cambiar de carril cuando la carretera tenga más de un carril por sentido y estará prohibido parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas: una acción penada con 200 euros.

Arrojar objetos a la vía: 200 euros + 6 puntos

La nueva Ley de Tráfico busca dar amparo a las actuales ordenanzas municipales para habilitar sanciones que castiguen el “daño medioambiental” que pueden causar los vehículos. A esto hay que sumar multas como la que penará el hecho de arrojar objetos a la vía que puedan provocar incendios o accidentes a otros usuarios: 6 puntos (en lugar de los 4 actuales) y 200 euros.

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Carnet de conducir: 500 euros

Aquellas personas que aspiren a sacarse el carnet de conducir y utilicen dispositivos de intercomunicación no autorizados en los exámenes, se enfrentarán a una multa de 500 euros y a la prohibición de presentarse durante seis meses. La misma cuantía económica se aplicará a aquellos que colaboren o asistan a otra persona para tal fin y a los conductores que hagan las pruebas necesarias para recuperar puntos.

Recuperar los puntos perdidos

Al hilo del punto anterior y ahora que ya sabemos todos los puntos que podemos perder, vamos a recordar cómo recuperarlos con la nueva Ley de Tráfico. Hasta ahora el período de tiempo que había que esperar para aumentar este saldo dependía de la gravedad de la infracción. Ahora será el mismo para todos: dos años sin cometer infracciones. Algo que sólo será aplicable a aquello que todavía tengan puntos ya que si se pierden todos, deberán llevar a cabo los cursos de la DGT.

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Elena Sanz Bartolomé

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