A finales de 2020, el Gobierno presentó un anteproyecto de ley con el que se reformará la actual Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial de la DGT. Un movimiento con el que pretenden llevar a cabo algunos ajustes y cambios con los que fomentar comportamientos más seguros al volante. Esta es la teoría, pero la práctica es otra cosa: estas son todas las reformas de Tráfico que ya deberían haber llegado… y no lo han hecho.
Como decíamos, el 10 de noviembre de 2021 el Consejo de Ministros aprobó la primera vuelta de la reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El siguiente paso para su tramitación se dio en marzo cuando el Gobierno pasó el relevo a las Cortes: conseguir la aprobación por mayoría en el Congreso es lo último que faltaría para que todos los cambios entren en vigor. Algunos de ellos deberían haber llegado en primavera y otros en verano, pero la mayoría siguen pausados… y todo apunta a que recibirán luz verde a finales de año. ¿De qué reformas hablamos?
El carnet por puntos
Este 2021, el carnet por puntos cumplía quince años… a la espera de los cambios que están por llegar. La Dirección General de Tráfico decidió ponerlo al día a través de la citada reforma aplicada a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Por ahora, está en la fase de enmiendas y si todo va según lo previsto, como os comentábamos antes, entrará en vigor a finales de 2021. Cuando lo haga cambiarán las sanciones aplicables a determinadas infracciones: se perderán más puntos por usar el móvil, por ignorar el cinturón de seguridad y por llevar un detectores de radares.
Usar el móvil al volante
El teléfono se ha convertido en la primera causa de los accidentes de tráfico que tienen lugar en España. Actualmente, su manejo está penado con una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos en el carnet de conducir: algo que no tardará en cambiar.
Cuando se apruebe la reforma, todos los conductores que tengan el móvil en la mano (aunque no lo estén usando) o lo manipulen mientras están al volante, serán sancionados con una multa de 200 euros (la cantidad no cambia) y la resta de seis puntos en el permiso.
Tampoco se podrá emplear el teléfono cuando este vaya en su correspondiente soporte: el objetivo es eliminar las distracciones causadas por los reproductores de música o el manos libres. En este caso, el castigo será de 200 euros y tres puntos.
Olvidarse del cinturón
Conducir un coche o viajar en el mismo sin los sistemas obligatorios de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil o casco en el caso de los motoristas) o usándolos de forma incorrecta, se multará con la pérdida de cuatro puntos: hasta ahora la detracción es de tres puntos.
Detector de radares
Todos aquellos conductores que lleven un detector de radares en el coche aunque no lo empleen se enfrentarán a una pérdida de tres puntos en el carnet de conducir. Hoy en día sólo está penado su uso, pero no la presencia de dicho dispositivo.
Dispositivos de intercomunicación en los exámenes
Otros de los puntos de la reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial pone el foco en los exámenes para obtener el carnet de conducir o para recuperarlo. Usar en ellos dispositivos de intercomunicación no autorizados estará sancionado con una multa de 500 euros y la prohibición de realizar dichas pruebas en un plazo de seis meses.
Adiós a los 20 km/h extra para adelantar
Fue una de las decisiones que más debate suscitó, pero sigue a la espera de ser aprobada. La DGT quiere eliminar la posibilidad de rebasar en 20 km/h la velocidad máxima de las carreteras convencionales que turismos y motocicletas tienen, actualmente, para adelantar a otros vehículos. Su objetivo es reducir esta maniobra en un escenario donde tienen lugar la mayoría de los accidentes de tráfico con víctimas mortales.
El impuesto de matriculación
Otro de los puntos calientes: el impuesto de matriculación. Cuando, a principios de año, el Ciclo WLTP se quedó como única normativa de homologación las cifras de consumo y emisiones de muchos modelos cambiaron. En consecuencia algunos dejaron de estar exentos mientras otros cambiaban de nivel en la citada tasa. ¿El resultado? Los coches se encarecieron.
A principios de julio, dentro de la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, se ajustaron los tramos de emisiones de dióxido de carbono (CO2) para que el impuesto de matriculación regresara a su situación anterior. Una solución que, sin embargo, es permanente: sólo estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre… siempre y cuando no llegue una reforma que convierta los tramos actuales en definitivos.
¿Y las pegatinas de la DGT?
Los distintivos ambientales de la DGT son otra de las grandes incógnitas de 2021. Tal y como apuntó Pere Navarro, máximo responsable del organismo de Tráfico, las nuevas pegatinas llegarían el 1 de julio… pero nada se sabe acerca de ellas. Posteriormente, en una entrevista concedida a El Español, planteó la posibilidad de no modificar el sistema actual que data de 2016 y clasifica los coches en cuatro grupos: B, C, Eco y Cero Emisiones. Categorías a las que hay que sumar la integrada por los modelos que no poseen etiqueta.
Con el paso del tiempo, esta categorización se quedó anticuada y, además, fue tildada de injusta. Por ello, la DGT confirmó que cambiaría el sistema aunque apenas desveló detalles al respecto: sólo que la reforma no tendría carácter retroactivo
Se habló de una revisión de la clasificación de los híbridos enchufables que lucen la pegatina Cero Emisiones aunque en la práctica no se corresponde con su nivel de contaminación. También se debatió sobre la llegada de un nuevo distintivo, el D, que englobaría a los coches nuevos.
El certificado de los patinetes
Cuando entró en vigor la legislación que establecía cómo circular con un vehículo de movilidad personal se introdujo la necesidad de contar con un certificado. Se trata de un documento que acredita que cumple con los requisitos técnicos recogidos en un manual de características… que todavía no ha sido aprobado.
El certificado será obligatorio 24 meses (dos años) después de la publicación del citado manual en el Boletín Oficial del Estado. Algo que se hará mediante una Resolución del Director General de Tráfico de la que, por ahora, no hay noticias.