Aunque las elecciones generales anticipadas retrasaron de forma notable su redacción, el próximo 1 de octubre entrará en vigor un nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, que ha sido aprobado hoy mismo en Consejo de Ministros. El objetivo de este reglamento, según los ministerios de Interior y de Industria y Turismo, busca armonizar la normativa nacional con la europea, menos restrictiva en esta materia. El resultado es que tener un coche histórico será más fácil, será más barato, y estará sometido a menos restricciones a su circulación.
Buenas noticias para los amantes de los coches clásicos
Como propietario de dos coches con más de 30 años, esta es una gran noticia, y es un anuncio muy esperado por la comunidad de amantes de los coches clásicos. Aunque el reglamento aun no ha sido publicado en los canales oficiales, entrará en vigor el 1 de octubre, y gracias a la nota de prensa del Consejo de Ministros podemos adelantar parte de su contenido. El más relevante es que este reglamento es evitar que el tratamiento normativo de estos coches, hasta ahora desigual, favorezca la pérdida o salida de este tipo de vehículos.
A tal efecto, el reglamento insta a los ayuntamientos – competentes a la hora de regular las restricciones a la circulación y el uso de las vías públicas – a desarrollar fórmulas que permitan su circulación. Estas fórmulas deberán ser compatibles con las Zonas de Bajas Emisiones, y se basan en el supuesto de que el uso de los vehículos históricos es esporádico o no habitual. Este uso ocasional limita a 96 días al año la circulación del vehículo catalogado como histórico. Lo cual nos lleva cómodamente al siguiente supuesto.
Para que un vehículo pueda ser catalogado como histórico, hasta la fecha no valía solo con que tuviese más de 30 años. Debía ser sometido a exhaustivos trámites en un laboratorio oficial autonómico, largos y sobre todo costosos. La buena noticia es que este Reglamento estrena un nuevo procedimiento abreviado al que se podrán acoger los vehículos ya matriculados en España, con al menos 30 años e ITV en vigor. Este procedimiento abreviado será mucho más sencillo y asequible, y dará pie al nacimiento de un nuevo tipo de entidades.
Se llaman Servicios Técnicos de Vehículos Históricos (STVH) y evaluarán los vehículos que pretendan acceder a esta clasificación, emitiendo los informes y certificados pertinentes – especificados en este Reglamento. Otra novedad es que para que un vehículo pueda ser clasificado como histórico, además de no haber estado sometido a «cambios fundamentales en cuanto a características y componentes principales», es que el vehículo cuente con la ITV al día y se encuentre en correcto estado de mantenimiento y conservación.
A mayores, el nuevo Reglamento eximirá a los vehículos históricos con más de 60 años de someterse a las ITV, establece un límite de 80 km/h si carecen de cinturones de seguridad delanteros, y prohíbe que en vías interurbanas viajen menores de estatura inferior a 1,35 metros si carecen de cinturones de seguridad o no fuera posible instalar sistemas de retención. A medida que conozcamos más detalles de este importante Reglamento los iremos desgranando en Diariomotor.