La última parada de la nueva Ley de Tráfico era el Senado. Hablamos en pasado porque, este miércoles, el Pleno de la Cámara Alta de las Cortes Generales ha aprobado la reforma dando luz verde a algunas modificaciones que estaban en el aire. Así las cosas, oficialmente, se ha eliminado el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales.
Cuando parecía que la reforma saldría adelante en la Comisión de Interior del Congreso, un error en la votación, al parecer, tumbó la medida. El siguiente paso era la tramitación en el Senado, donde el Gobierno tiene la mayoría: el objetivo era, enmienda mediante, recuperar el plan inicial en la Cámara Alta de las Cortes Generales. Y así ha sido.
La corrección del grupo socialista ha obtenido el respaldo necesario para salir adelante: con 153 votos a favor, dos en contra y 96 abstenciones (entre ellas las de PP, Ciudadanos y Vox) el proyecto de ley ha sido aprobado. El texto será remitido, de nuevo, al Congreso de los Diputados para que se ratifiquen los cambios introducidos. Un mero trámite previo a la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Así queda la nueva Ley de Tráfico
Tras incorporar la enmienda número 76, el Apartado 4 del Artículo 21 de la Ley sobre Tráfico desaparecerá y estará prohibido exceder en 20 km/h el límite de velocidad fijado para una vía convencional cuando queramos rebasar a un vehículo que circule por debajo de ese máximo.
Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.
Las razones de la DGT
La Dirección General de Tráfico y el Gobierno han apostado por su supresión alegando motivos de seguridad y de equidad respecto al resto de países de la Unión Europea. La oposición, sin embargo, aseguraba que la medida haría más insegura la circulación por las carreteras convencionales y añadía que, además, tiene un fin recaudatorio.
La DGT explicaba que, así, pretenden reforzar el mensaje de que esta maniobra conlleva un riesgo de colisión frontal. Al mismo tiempo, según figura en el proyecto de ley, eliminar ese extra sería el último paso para adecuar los límites de velocidad de las carreteras convencionales españolas a los establecidos en la Unión Europea.
Una modificación que nos dirigiría hacia las carreteras 2+1: vías convencionales de dos sentidos en las que, en determinados tramos, habría tres carriles. De esta manera, el central se usaría para adelantar sin riesgo de invadir el contrario.
Críticas a la medida
Son numerosas las voces que han criticado la supresión del margen de 20 km/h para adelantar apuntando, precisamente, al efecto contrario que defiende la DGT: la seguridad. Un punto de vista que compartimos en Diariomotor: ese extra que nos permite ser más rápidos que el vehículo que pretendemos rebasar cuando circulamos por una carretera convencional, no es un riesgo. Es necesario para efectuar la maniobra sin peligro porque se reduce el tiempo y la distancia recorrida en el carril contrario.
Otras reformas
Eliminar el margen de 20 km/h para adelantar no ha sido la única modificación que ha salido adelante en el Senado. La Cámara Alta de las Cortes Generales ha dado luz verde a otras reformas sobre las que ya os hemos hablado en otras ocasiones:
- Utilizar el móvil con la mano o sujetarlo (aunque no lo estemos usando): pasa de tres puntos a seis.
- Uso indebido del cinturón de seguridad, los sistemas de protección infantil y el casco en el caso de los motoristas: cuatro puntos
- Llevar un detector de radares en el vehículo (aunque no esté activo): tres puntos y 200 euros.
- No respetar la distancia de seguridad de un metro y medio al adelantar ciclistas: seis puntos.
- Arrojar a la vía objetos que puedan provocar incendios o accidentes a otros usuarios: pasa de cuatro a seis puntos.
Casco para patinetes y autoescuelas digitales
En lo que a Vehículos de Movilidad Personal (VMP) se refiere, el casco será de uso obligatorio y, además, la nueva ley prohíbe su circulación por las aceras, una medida que ya han adoptado en otras ciudades y que ahora se convierte en una norma con rango de ley. A esto hay que añadir que los menores no podrán circular con estos vehículos con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro.
Por último, la reforma de la ley elimina la opción de crear autoescuelas digitales que se había añadido en el Congreso y añade una nueva disposición adicional que señala que para sacarse el carnet de conducir se podrán establecer cursos de concienciación y sensibilización que podrán impartirse de forma online siempre que se asegure la interacción a través de un aula virtual.