Desde hace unas cuantas semanas, la Dirección General de Tráfico está aprovechando sus diversas redes sociales para recordar a los conductores diferentes señales y normas de circulación que con el paso de los años suelen acabar en el olvido. Desde Diariomotor creemos que se trata de una iniciativa muy positiva esta campaña, la cual es otra forma de aumentar la seguridad vial y hacernos cumplir las normas, además de los habituales recordatorios de los medios que disponen para perseguir infracciones. Así, en esta ocasión nos preguntaban en un tuit si podíamos circular con un ciclomotor por una calle en la que encuentra una señal de prohibición con un motorista dibujado (señal R-104).
Conduciendo un ciclomotor, ¿puedes circular a partir de la señal?:
A) Sí
B) No, porque prohíbe el paso a todos los vehículos de dos ruedas.
En forma de pregunta tipo test, al más puro estilo del examen teórico de la autoescuela, el community manager de Tráfico nos preguntaba:
«Conduciendo un ciclomotor, ¿puedes circular a partir de la señal?: A) Sí B) No, porque prohíbe el paso a todos los vehículos de dos ruedas. C) No, porque prohíbe circular a los vehículos de dos ruedas con motor.»
En concreto se refería a la señal R-104 «entrada prohibida a motocicletas», la cual sólo afecta a vehículos de dos ruedas con una cilindrada mayor a 50 c.c. y que desarrollen una velocidad superior a 45 km/h, o dicho otra forma, todas las motos con «matrícula de coche». Por tanto, esta señal no afectaría a esas motos de 49 c.c. (ciclomotores) que se pueden conducir con el permiso AM desde los 15 años de edad, siendo entonces la respuesta correcta: «A) Sí».
El tema de las señales de prohibición y obligación referido a motocicletas, ciclos y ciclomotres es un tanto enrevesado, y todo un clásico en los exámenes teóricos de cualquier carnet, ya que genera muchas confusiones. Así pues, la señal que sí prohíbe el acceso con un ciclomotor es la R-105 «entrada prohibida a ciclomotores», cuyo significado exacto es: «Prohibición de acceso a ciclomotores de dos y tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida». Pero es que aún hay más, y es que la señal R-103, en la que aparece la silueta de un coche, prohíbe la entrada a vehículos de motor excepto motocicletas de dos ruedas sin sidecar. Como puedes ver, todo un intríngulis en el que si no eres usuario habitual de motocicletas, seguramente acabarás olvidando una vez obtengas el carnet.
La infracción por no cumplir una de estas señales sería equiparable a la de circular en dirección prohibida, la cual es una de las más comunes por las que la DGT resta puntos, estando sancionada entre 200 y 500 € y la retirada de hasta 6 puntos del carnet de conducir, siempre y cuando se trate de un despiste y no sea fruto de una conducción temeraria y/o negligente.
7 de cada 10 conductores no aprobarían el teórico
Como hemos dicho, esta iniciativa para recordar señales y normas de circulación es una de las mejores que ha tenido la DGT en los últimos años, y más teniendo en cuenta que estudios como el llevado a cabo por el Observatorio Español de Conductores indican que el 69 % de los conductores no aprobarían el examen teórico de conducir, tal y como apuntaba un artículo del diario El País publicado hace un tiempo, estimándose que sólo el 6 % no cometería ningún error.
Graduado en Ingeniería Mecánica apasionado de los coches, su historia y su técnica. Actualmente gracias a Diariomotor he convertido mi pasión en mi profesión, juntando letras sobre esos cacharros de cuatro ruedas y, sobre todo, aprendiendo cada día algo nuevo sobre ellos. Seguir leyendo...